Fraude de ley por encadenamiento de contratos temporales durante 18 años.
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 3 de Santa Cruz de Tenerife ha declarado que una médica internista del Servicio Canario de Salud, contratada temporalmente durante 18 años, sufrió un fraude de ley en su relación laboral. La sentencia reconoce su condición de personal estatutario fijo, destacando que la concatenación de contratos temporales constituye un abuso laboral evidente.
Argumentos del fallo judicial
La médica desempeñó funciones de Facultativa Especialista de Área en el Hospital Universitario Nuestra Señora de la Candelaria desde diciembre de 2006 hasta la actualidad, bajo 10 contratos temporales consecutivos. Según la jueza, estos nombramientos temporales no responden a situaciones coyunturales ni extraordinarias, pues la demandante realizaba las mismas funciones que el personal estatutario fijo.
El fallo señala que “ninguna temporalidad o coyuntura puede atribuirse a mantener el puesto de trabajo durante 18 años”. Además, destaca que la ausencia de una normativa interna para sancionar este tipo de abuso fue suplida mediante la aplicación de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Dado que la demandante superó un proceso selectivo conforme a los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad, se concluye que debía adquirir la condición de personal estatutario fijo.
Contexto y alcance de la decisión
El abuso de la contratación temporal es un fenómeno recurrente en la administración pública. Este caso pone de manifiesto cómo prácticas de este tipo contravienen tanto la normativa interna como el derecho comunitario. La sentencia resalta que las funciones desempeñadas por la médica no justificaban su carácter temporal. Además, tras casi dos décadas en esta situación, se vulneraron derechos fundamentales de estabilidad en el empleo.
El fallo remarca que, aunque el primer contrato pudo haber estado justificado, su prolongación en el tiempo sin solución de continuidad excede cualquier justificación válida. Así, se reconoce a la médica como personal estatutario fijo, aplicando la doctrina del TJUE, que busca evitar abusos en la contratación temporal en el ámbito público.
Posibilidad de recurso
La Administración cuenta con la opción de presentar un recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo.
Fuente: CGPJ.