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Reconocimiento de compensación por vestuario de policía paisano

El TSJ de Murcia establece la obligación de compensación por vestuario a un policía que utilizaba ropa de paisano.

Publicado: 11 de septiembre de 2025

El TSJ de Murcia reconoce el derecho a compensación por vestuario de un policía. [ TOL10.675.520]

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha dictado la Sentencia 386/2025. En ella se estima el recurso interpuesto por un agente del Cuerpo Nacional de Policía. Esto es frente a la desestimación presunta de su solicitud de percibir la indemnización por vestuario. El funcionario prestaba servicio sin uniforme por exigencias del destino. Ello le obligaba a utilizar vestimenta de paisano sufragada de su propio bolsillo.

La Administración se allana en vista de la doctrina del Supremo

Durante el procedimiento, la Abogacía del Estado presentó escrito allanándose a la pretensión del actor. Este reconocimiento se produce en línea con la doctrina fijada por el Tribunal Supremo en la Sentencia 1166/2021, de 24 de septiembre. En ella se estableció que los policías eximidos del uso del uniforme por motivos reglamentarios tienen derecho. Específicamente, el derecho a percibir la compensación económica por vestuario. Esto se debe dar en igualdad de condiciones con los agentes adscritos a servicios de protección dinámica de personalidades.

Deberá compensar los últimos cuatro años

La sentencia declara el derecho del funcionario a percibir la compensación desde 2018 hasta la actualidad. Limita los efectos a los cuatro años anteriores a la reclamación administrativa, conforme al artículo 25 de la Ley 47/2003, General Presupuestaria. Esto es en relación con la prescripción de derechos económicos frente a la Administración. Se fijó una cuantía anual de 498 euros, más los intereses legales devengados, respecto de las cantidades no prescritas.

Reconocimiento continuo una vez declarado

El fallo subraya que la declaración del derecho se prolonga en el tiempo mientras el funcionario mantenga la condición de policía. También debe continuar exento de portar uniforme por razones reglamentarias. De este modo, no será preciso reiterar solicitudes cada año. Esto salvo que concurran causas de extinción como la pérdida de la condición funcionarial o el cambio de destino.

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