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Transporte escolar | La Xunta de Galicia no ha infringido el límite legal en la adjudicación de lotes de transporte escolar

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha resuelto que la Xunta de Galicia no ha infringido el límite legal en la adjudicación de lotes de transporte escolar al Grupo Monbús. Tras desestimar un recurso presentado por nueve empresas de transporte. Esta decisión concierne específicamente al lote 50, incluido en una licitación de 57 […]

Publicado: 4 de abril de 2024

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha resuelto que la Xunta de Galicia no ha infringido el límite legal en la adjudicación de lotes de transporte escolar al Grupo Monbús. Tras desestimar un recurso presentado por nueve empresas de transporte. Esta decisión concierne específicamente al lote 50, incluido en una licitación de 57 lotes destinados al servicio de transporte escolar a 424 centros de enseñanza pública en Galicia. La polémica surgió al cuestionarse el porcentaje de participación del Grupo Monbús en una Unión Temporal de Empresas (UTE), que era del 63%. Se debatió si esto excedía el número máximo de lotes permitidos por la legislación vigente.

Adjudicación de lotes de transporte escolar | sobrepasado el máximo de ocho lotes que un mismo licitador puede ser adjudicatario

El recurso argumentaba que el Grupo Monbús había sobrepasado el máximo de ocho lotes que un mismo licitador puede ser adjudicatario. Según establece la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) y las especificaciones del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP). Sin embargo, el TSXG aclaró que, de acuerdo con su análisis, solo seis lotes en los que Grupo Monbús tenía una participación mayoritaria. Es decir, superior al 50%, fueron adjudicados a UTEs donde este grupo era parte, y por lo tanto, no se había excedido el límite establecido.

Además, el tribunal especificó que determinados lotes en los que las UTEs participadas por Grupo Monbús no tenían competencia o en los que Grupo Monbús no tenía participación, no deben ser incluidos en el cómputo total. Esto se debe a que el pliego administrativo especifica una excepción al límite total. No se consideran aquellos lotes en los que una UTE participe exclusivamente o en los que no haya participación del grupo en cuestión Tribunal de.

Conclusión del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia

no ha infringido el límite legal en la adjudicación de lotes de transporte escolar

En conclusión, el TSXG sostiene que el Grupo Monbús, a través de su participación en distintas UTEs, no ha superado el límite de adjudicaciones permitido. Pues sólo se contabilizan seis lotes en los que su participación es mayoritaria. Esta sentencia establece un precedente en la interpretación de las normas sobre la adjudicación de contratos de transporte escolar, confirmando que la metodología de cálculo de lotes adjudicados debe seguir estrictamente lo estipulado en el marco regulatorio aplicable, asegurando así la legalidad y transparencia del proceso de licitación pública.

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