<

TS | Ampliación permiso de maternidad en familias monoparentales

El Tribunal Supremo concede la ampliación del permiso de maternidad ampliado a las familias monoparentales.

Publicado: 22 de octubre de 2024

El Tribunal Supremo amplía el permiso de maternidad para familias monoparentales. Reconocimiento de derechos.

El Supremo ha dictado una sentencia que reconoce el derecho de las familias monoparentales a extender el permiso de maternidad de 16 a 26 semanas.

El caso en cuestión se originó a raíz de la demanda de una profesora, funcionaria pública, que solicitó la ampliación de su permiso de maternidad en la provincia de Valladolid. La Dirección Provincial de Educación negó la petición, argumentando que la normativa vigente sólo contemplaba dicho permiso para familias biparentales. En primera instancia, un juzgado de lo Contencioso-Administrativo falló a favor de la madre, considerando que la negativa constituía un acto de discriminación. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León confirmó lo dispuesto en la resolución administrativa.

Posteriormente, se interpuso recurso de casación ante el Tribunal Supremo, a fin de resolver la disparidad de criterios existente en los tribunales y la necesidad de clarificar la interpretación del artículo 49 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TRLEBEP).

Interpretación del artículo 49 del TRLEBEP

El artículo 49 del TRLEBEP establece un permiso de maternidad de 16 semanas para la madre biológica, de las cuales seis semanas son obligatorias para ambos progenitores después del nacimiento. Sin embargo, el tribunal ha determinado que, en el caso de las familias monoparentales, este permiso debe ampliarse para evitar cualquier forma de discriminación por razón de nacimiento. Esta interpretación se basa en el principio de igualdad recogido en el artículo 14 de la Constitución, que prohíbe cualquier discriminación por circunstancias personales o sociales.

En la sentencia, el Tribunal Supremo indica que el tipo de familia no puede determinar una diferencia de trato para los menores. Un recién nacido en una familia monoparental no debería recibir menos cuidados que un recién nacido en una familia biparental. De este modo, se reconoce que el permiso de maternidad en familias monoparentales debe equipararse al de las familias biparentales, alcanzando las 26 semanas.

El Supremo prima el interés superior del menor, considera que este aspecto prevalece sobre otros factores en la regulación de los permisos de maternidad. Concluye que privar a los menores de estos cuidados durante las primeras semanas constituye una discriminación, especialmente en una etapa tan crítica para su desarrollo.

 

Fuente: CGPJ.

 

Últimas entradas publicadas

Responsabilidad civil subsidiaria

Responsabilidad civil subsidiaria del Estado por abuso de autoridad en el ámbito militar

by | Abr 28, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Como consecuencia de esta omisión, el Tribunal Supremo declaró la nulidad del juicio oral anterior y ordenó retrotraer las actuaciones al inicio del juicio oral.

parque de atracciones

Un juez avala la prohibición de acceso con alimentos al parque de atracciones

by | Abr 28, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Un juzgado de Madrid ha establecido que la restricción de entrar comida a un parque de atracciones es conforme a derecho.

mobbing

Juzgado desestima demanda por mobbing en Ourense

by | Abr 28, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Un juzgado de Ourense desestima una demanda de mobbing impuesta por un funcionario público contra el ayuntamiento.

Vicio en el consentimiento

Vicio en el consentimiento | Anulados dos contratos de permuta

by | Abr 28, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo desestima los recursos de infracción procesal y casación presentados por una de las entidades bancarias, confirmando íntegramente las resoluciones previas. Con ello, se consolida la jurisprudencia en materia de swaps.

arraigo familiar

Arraigo familiar | Rechazada la expulsión de un agresor

by | Abr 25, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Superior de Navarra ha optado por una solución que prioriza la rehabilitación, garantizando que el procesado pueda recibir tratamiento adecuado en un entorno familiar estable

no casados

Deducción por vivienda para progenitores no casados

by | Abr 25, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Reconocimiento de la deducción por vivienda habitual en rupturas de pareja no casados El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha reconocido, mediante sentencia de...