El Tribunal Supremo desestima recurso en el que se solicita indemnización por intromisión en el derecho al honor, al mantenerse datos en el CIRBE tras haber dejado de ser deudor por la exoneración del pasivo insatisfecho. STS 1785/2023, de 19 de diciembre.
El demandante instó su concurso de acreedores voluntario en 2015, en el cual se acordó la exoneración del pasivo insatisfecho con la masa activa. En dicho procedimiento no se personó el Banco Popular, a pesar de ser uno de sus acreedores.
Dos meses más tarde, continúa constando en el CIRBE (Central de Información de Riesgos del Banco de España) un crédito de Banco Popular frente a Leandro, en el que aparece como «operación en suspenso». Por ello, ejercita una acción por vulneración de su derecho al honor, al mantener indebidamente dicha información en el sistema. El demandante solicita una indemnización de 12.000 euros por el daño moral sufrido.
El pronunciamiento de los tribunales
En primera instancia se desestimó la demanda, al considerar que la información del CIRBE refiere únicamente al carácter fallido de la operación, por la insolvencia. Además de la realidad de los hechos, el juez establece que no puede apreciarse una intromisión ilegítima en el honor del demandante.
La Audiencia también desestimó el posterior recurso, al considerar además que las entidades bancarias están obligadas a facilitar al CIRBE los datos necesarios para identificar a las personas con quienes se mantengan riesgos de crédito. El mecanismo de segunda oportunidad no establece ninguna obligación de eliminar dicha información, que no corresponde con una situación de morosidad, sino con una condonación de deudas por insolvencia.
Ante la negativa de ambos tribunales, presentó recurso de casación con motivo de infracción del artículo 18 CE, por vulneración del derecho al honor.
El banco no se personó en el concurso de acreedores
El Tribunal Supremo señala varios aspectos por los que desestimar el recurso. Entre ellos, el demandante alude al CIRBE como fichero de morosos, sin embargo, la jurisprudencia ha determinado que, «aunque procese datos que tienen relación con la solvencia, no es propiamente un registro de morosos». El fichero recoge riesgos asociados a personas y empresas sin necesidad de que se encuentren en mora, se utiliza para que las entidades financieras puedan evaluar el endeudamiento de quienes les solicitan financiación.
La inclusión de los datos en dicho fichero tiene menor impacto que en un fichero de morosos, ya que no se transmiten datos a terceros.
Además, el banco en cuestión no se personó en el concurso de acreedores, por lo que no recibió ninguna notificación de la exoneración del crédito. «Es lógico que la diligencia exigible al acreedor para actualizar los sistemas de información crediticia que afecten a ese crédito se haga depender del conocimiento de la exoneración», establece la sentencia.
Por otro lado, el propio deudor también puede requerir directamente la actualización de la información. No obstante, no lo hizo, por lo que el banco pudo no tener conocimiento de los hechos.
Finalmente, el Tribunal Supremo desestima el recurso presentado, al considerar que la actuación del banco no constituye una intromisión en el derecho al honor.
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