<

Unanimidad en el Tribunal Constitucional para la vacunación contra el COVID-19 a una menor

El Constitucional establece por unanimidad la vacunación de una menor ante el desacuerdo de uno de sus progenitores.

Publicado: 10 de noviembre de 2023

El Tribunal Constitucional aplica la doctrina adoptada en abril respecto a la vacunación, en este caso de una menor.

El pasado 7 de noviembre, el Tribunal Constitucional respaldó en una decisión unánime la vacunación de un menor ante el desacuerdo de sus padres.

La madre de la menor interpuso recurso de amparo, ante la decisión positiva de los tribunales a la vacunación de su hija. Consideraba que dicha vacunación se trataba de una modalidad de terapia genética en fase experimental, por lo que podría generar efectos adversos a la niña. Sin embargo, el padre solicitó ante los órganos jurisdiccionales una autorización para la vacunación, basada en los informes y recomendaciones de los organismos oficiales de salud pública. En dichos informes, se determina que, a pesar de que pueda conllevar efectos adversos, sus beneficios son mucho mayores, incluido en el caso de menores.

La autorización en el caso de menores

La sentencia establece que, en base a lo dispuesto en la Ley 41/2002, básica para la autonomía del paciente, es posible que sean los padres quienes autoricen la vacunación de una persona menor. En este caso, ambos progenitores asumieron que su hija de 11 años carecía de la madurez necesaria para poder decidir sobre si vacunarse o no, ya que, dicho consentimiento informado requiere la capacidad de ponderar los beneficios y los riesgos que comporta tal intervención. La menor no tenía la capacidad intelectual suficiente como para poder ejercer un juicio crítico sobre el tratamiento y sus consecuencias.

En el caso en el que los propios progenitores están en desacuerdo, es la autoridad judicial la que debe decidir si autorizar la vacunación.

La ponderación de los intereses

Los tribunales han considerado adecuada la autorización de vacunación a la menor, teniendo en cuenta su interés superior. En este caso, la salud física y mental, criterio obtenido a través de los informes remitidos por los organismos oficiales en materia de salud. 

El Tribunal Constitucional ratifica la decisión, al considerar que se ha justificado adecuadamente la decisión, que sigue la línea marcada por la anterior STC 38/2023, de 20 de abril, [TOL9.500.943].

La doctrina establece que, la vacuna generalmente tiene una doble dimensión: para proteger a la persona y a la población, especialmente en el entorno pandémico. Por ello, el Constitucional considera que se trata de una medida preventiva recogida en la esfera del deber público de protección a la salud. A partir de aquí, los tribunales deben ponderar en qué casos resulta necesaria su administración.

En el caso, el Constitucional considera que se realizó una ponderación adecuada entre el derecho fundamental a la integridad física de la menor y los beneficios para su salud.

Últimas entradas publicadas

comunicaciones telefónicas

STS sobre el derecho al secreto de las comunicaciones telefónicas

by | Ago 4, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

TS | Superar del art. 588 bis c) LECrim no implica la nulidad automática de la prueba de intervención de comunicaciones telefónicas.

mujeres magistradas

TS sobre trato desigual en la libre circulación de capitales en la UE

by | Ago 4, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La circulación de capitales se ve afectada por las normativas fiscales y las decisiones del Tribunal Supremo.

cirugía ginecológica

Responsabilidad patrimonial en cirugía ginecológica

by | Ago 4, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Cirugía ginecológica complicada y daños posteriores El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha condenado al Servicio Riojano de Salud (SERIS) a indemnizar con...

INJUVE

Nuevo estatuto para el INJUVE

by | Ago 4, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El BOE del 1 de agosto publica el Real Decreto 608/2025, de 8 de julio, aprueba el nuevo Estatuto del Instituto de la Juventud (INJUVE).

Directiva (UE) 2025/1539

Directiva (UE) 2025/1539: Representante fiscal obligatorio para proveedores extracomunitarios

by | Ago 1, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Con la Directiva 2025/1539, la UE impone obligaciones adicionales de IVA a proveedores extracomunitarios que vendan a distancia sin IOSS.

material formativo protegido

TS | Uso de material formativo protegido

by | Ago 1, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La STS 2134/2025 reconoce daño patrimonial por uso ilícito de material formativo protegido procedente de otra empresa.