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Confirmado fallo contra funcionarios del SII por cohecho y falsificación

La Corte de Apelaciones de Concepción ratifica condena por cohecho y falsificación a exfuncionarios del SII en Santa Bárbara y Los Ángeles

Publicado: 19 de marzo de 2024

La Corte de Apelaciones de Concepción ha ratificado la condena emitida por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Ángeles contra tres exfuncionarios del Servicio de Impuestos Internos (SII). Este fallo reafirma la culpabilidad de los acusados por los delitos de cohecho y falsificación de instrumento público, cometidos entre los años 2015 y 2017 en las comunas de Santa Bárbara y Los Ángeles. La resolución, emitida de forma unánime por la Sexta Sala del tribunal de alzada, descarta errores en la sentencia impugnada y sostiene la validez de las penas impuestas a los acusados.

El fallo de la Sexta Sala del tribunal de alzada, integrada por los ministros Rodrigo Cerda San Martín, Gonzalo Rojas Monje y la abogada Verónica Sepúlveda Sánchez, desestima los recursos de nulidad presentados por las defensas de los condenados. Se confirma así la sentencia que condenó a Gabriel Antonio Inostroza Inostroza a dos penas efectivas de 5 años y un día de presidio, a Luisa Cecilia Venegas Espinoza a 3 años y un día de presidio con libertad vigilada intensiva, y a Sergio Alejandro Ortiz Valenzuela a dos años de presidio con remisión condicional de la pena.

La controversia se centró en la naturaleza del formulario N°4417, utilizado en el ejercicio de las funciones por parte de los acusados. La defensa de Inostroza argumentó que este formulario no constituía un instrumento público, por lo que los delitos de cohecho y falsificación no estarían configurados. Sin embargo, la Corte de Apelaciones respaldó la interpretación del tribunal de primera instancia, que consideró el formulario como un instrumento público, respaldado por la doctrina legal.

La resolución destaca que los argumentos de las defensas fueron debidamente considerados en la sentencia impugnada, y que la interpretación de la norma realizada por los jueces no constituye un error de derecho. Asimismo, se hace referencia a la distinción entre fe pública y función pública, destacando que los documentos elaborados por organismos y empleados públicos deben tener valor probatorio.

En este contexto, la Corte de Apelaciones concluye que no se vislumbra una infracción de ley sustancial que afecte la validez de la sentencia. Por tanto, se rechazan los recursos de nulidad interpuestos por las defensas, confirmando la condena emitida por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Ángeles.

Fuente: pjud.cl

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