Corte de Apelaciones ordena devolución de fondos previsionales a afiliado extranjero

En un fallo unánime, la Octava Sala del tribunal de alzada de la Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección interpuesto en contra de la administradora de fondo de pensiones Plan Vital SA, ordenando la devolución de los fondos previsionales de un afiliado extranjero.

La resolución, correspondiente a la causa rol 2.084-2024, fue dictada por la Octava Sala, compuesta por la ministra Dobra Lusic, el ministro Hernán Crisosto y la ministra Lilian Leyton. El tribunal estableció que la AFP Plan Vital actuó de manera arbitraria e ilegal al rechazar la solicitud de retiro de fondos por parte del afiliado extranjero.

Argumentación del fallo

El fallo señala que la AFP varió los fundamentos para rechazar la solicitud de devolución de fondos, insistiendo en que el trabajador no había acreditado su título profesional o técnico y que estaba afiliado a un régimen de previsión social fuera de Chile. Según el tribunal, la AFP cuestionó repetidamente la validez y facultades del mandato presentado por el afiliado, lo que fue considerado arbitrario e ilegal.

La resolución se basa en el cumplimiento de los artículos 1 y 7 de la Ley N° 18.156, que exime a trabajadores extranjeros de cumplir con las leyes de previsión chilenas bajo ciertas condiciones. El tribunal concluyó que el afiliado cumplió con los requisitos establecidos, lo que le otorga el derecho a la devolución de sus fondos previsionales.

El tribunal consideró que la negativa de la AFP vulneró el derecho de propiedad del afiliado sobre sus fondos previsionales, garantizado en el número 24 del artículo 19 de  la Constitución Política de la República. El fallo ordena a la AFP Plan Vital S.A. devolver los fondos previsionales a Jannick Milton Damlund, permitiéndole transferirlos a la institución previsional de su país de origen.

Fuente: pjud.cl

Corte Suprema rechaza recurso de casación contra sentencia que condenó a clínica por mal diagnóstico

En un fallo unánime, la Primera Sala de la Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia que condenó a la sociedad Clínica Vespucio SA a pagar una indemnización de $40.000.000 por concepto de daño moral. La indemnización fue otorgada a un paciente que quedó internado y en riesgo vital debido a un mal diagnóstico y tratamiento de un cuadro de neumonía.

Detalles del fallo

La Primera Sala del máximo tribunal, integrada por los ministros Arturo Prado Puga, Mauricio Silva Cancino, la ministra María Soledad Melo Labra, el ministro Juan Manuel Muñoz Pardo y el abogado integrante Carlos Urquieta Salazar, desestimó la procedencia del recurso por estar mal formulado.

El fallo señala que el recurrente argumentó que la sentencia infringió varios artículos del Código de Procedimiento Civil y del Código Civil, al dar pleno valor probatorio a la declaración de un testigo que no presentó un informe pericial, lo que generó una sentencia con un vicio de casación. El recurrente solicitó que se invalidara la sentencia y se dictara una nueva que rechazara la demanda, con costas.

Fundamentación del rechazo

La resolución de la Corte Suprema indicó que el recurso de casación en el fondo incumplió con un requisito indispensable para su admisibilidad, que es expresar claramente los errores de derecho cometidos. En este caso, el tribunal señaló que el recurrente omitió denunciar la infracción de los artículos 2314 y 2329 del Código Civil, que son esenciales para resolver la cuestión controvertida.

Finalmente, la Corte Suprema concluyó que, al no haberse acusado la infracción de la normativa sustantiva básica en el libelo de casación, el recurso fue denegado, manteniendo así la condena a la Clínica Vespucio SA.

Fuente: pjud.cl

Corte de Apelaciones de Antofagasta confirma reincorporación de carabinero o pago de indemnización por discriminación

En un fallo trascendental (causa rol 76-2024), la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, compuesta por los ministros Virginia Soublette Miranda, Juan Opazo Lagos y el abogado integrante Fernando Orellana Torres, ha rechazado el recurso de nulidad presentado por el Fisco de Chile, confirmando la sentencia del Juzgado de Letras del Trabajo de Calama que ordenó la reincorporación de Cristóbal Andrés Pizarro Castro a Carabineros o, en su defecto, el pago de $15.333.956 por vulneración de derechos fundamentales.

Detalles del fallo

El caso se originó a raíz de un accidente sufrido por Pizarro en acto de servicio el 20 de junio de 2019, lo que derivó en su posterior desvinculación de la institución. El Juzgado de Letras del Trabajo de Calama determinó que la desvinculación constituía una violación al derecho a no ser discriminado por motivos de salud, y ordenó la reincorporación de Pizarro o la compensación económica mencionada.

El Fisco de Chile, representado por el abogado Carlos Bonilla Lanas, presentó un recurso de nulidad alegando que la decisión de desvincular a Pizarro fue tomada dentro de las facultades legítimas de la autoridad, específicamente por la Comisión Médica Central. Sin embargo, la Corte de Apelaciones desestimó esta argumentación, señalando que la gravedad de la medida adoptada y de la vulneración al derecho fundamental referido está dada en los efectos que el retiro de la institución generó en el actor demandante, pues  para considerar su incapacidad física y el retiro de las filas se consideró el historial de licencias médicas

Finalmente, la Corte resolvió rechazar, sin costas, el recurso de nulidad deducido por el Fisco de Chile y declaró que la sentencia definitiva no es nula, confirmando así la decisión del tribunal de primera instancia.

Este fallo subraya la importancia de proteger los derechos fundamentales de los funcionarios públicos, especialmente en situaciones donde su salud se ve comprometida en el ejercicio de sus funciones.

Fuente: pjud.cl

Presentación de la Política Nacional de la Niñez y Adolescencia 2024-2032

En una jornada significativa, el Presidente Gabriel Boric presentó la Política Nacional de la Niñez y Adolescencia 2024-2032, un plan ambicioso que tiene como objetivo prioritario el bienestar integral de los niños, niñas y adolescentes en Chile. A través de un enfoque intersectorial, se buscará implementar una serie de acciones destinadas a garantizar sus derechos y desarrollo en todas las áreas de su vida.

La ministra de Desarrollo Social y Familia, Javiera Toro, explicó que la nueva estrategia se centra en reconocer el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes, abarcando aspectos físicos, mentales, emocionales y sociales. Además, enfatizó la importancia de garantizar su acceso a educación, vivienda, alimentación adecuada, cuidado, protección y participación en decisiones que impactan sus vidas.

Visión al 2032: Un Chile que Garantiza los Derechos de la Niñez

La Política y su Plan de Acción plantean como visión que, para el año 2032, «En Chile los niños, niñas y adolescentes ejercen plenamente todos sus derechos, en el marco de un Sistema de Garantías y Protección Integral consolidado». Este enfoque se basa en un entorno social, político y económico que promueva su desarrollo integral, asegurando que alcancen su máximo potencial y participen activamente en la sociedad.

Desafíos y objetivos de la política

La Política Nacional de la Niñez y Adolescencia busca enfrentar los desafíos actuales relacionados con el bajo nivel de bienestar de los niños, niñas y adolescentes en Chile. Estos problemas, derivados de dificultades en el ejercicio de sus derechos, han sido priorizados en 10 objetivos estratégicos, organizados en los siguientes ejes de derechos:

Supervivencia

  1. Promover hábitos de vida saludable a través de una alimentación adecuada y actividad física regular.
  2. Fortalecer la salud mental de niñas, niños y adolescentes.
  3. Mejorar las condiciones medioambientales en las que se desarrollan.
  4. Asegurar el acceso a una vivienda adecuada.

Desarrollo 

  1. Fortalecer las trayectorias educativas para el desarrollo de competencias y aprendizajes. 6. Incrementar los espacios seguros para el esparcimiento, juego y recreación.

Protección 

  1. Reducir la proporción de hogares en situación de pobreza, garantizando acceso a programas de protección social. 
  2. Fortalecer entornos positivos para su cuidado y desarrollo.
  3. Disminuir todas las formas de violencia y reparar los daños causados.

Participación 

  1. Aumentar la participación efectiva de niñas, niños y adolescentes en todo el país.

Aspectos Destacados de la Política

Entre los puntos más relevantes de la Política y su plan de acción, se destacan los siguientes:

  • Primera Política Nacional bajo Mandato Legal: Esta es la primera Política de niñez y adolescencia en Chile que se elabora bajo mandato de una Ley, estableciendo obligaciones claras para las instituciones del Sistema.
  • Proceso Participativo: La elaboración de la Política incluyó un proceso participativo amplio, con la inclusión activa de niños, niñas y adolescentes, así como de sus cuidadores y representantes de diversas instituciones y sectores.
  • Enfoque en el Bienestar Integral: El objetivo central es el bienestar integral de la niñez, más allá de las condiciones materiales, reconociendo la sensibilidad de este bienestar a las distintas etapas de desarrollo y entornos de interacción.
  • Medición de Resultados: La Política prioriza la medición de resultados para asegurar que los compromisos asumidos por las distintas instituciones públicas generen los cambios deseados dentro de los plazos establecidos.

Fuente: gob.cl

Gobierno presenta proyecto de Ley Integral de Salud Mental ante la Comisión de Salud del Senado

La ministra de Salud, Ximena Aguilera, presentó este martes 6 de agosto ante la Comisión de Salud del Senado el nuevo proyecto de Ley Integral de Salud Mental. Acompañada por la subsecretaria de Salud Pública, Andrea Albagli, y el subsecretario de Redes Asistenciales, Osvaldo Salgado, Aguilera destacó que este proyecto es una prioridad para el Gobierno, subrayando su enfoque integral e intersectorial.

Protección y promoción de la salud mental

La iniciativa, firmada el pasado 18 de julio en San Antonio, busca resguardar la salud mental en todas las políticas públicas, integrando un enfoque intersectorial para avanzar hacia la erradicación de la estigmatización. El proyecto promueve la atención integral y de calidad, asegurando que los servicios de salud mental estén conectados con otros cuidados de la red de salud.

Otro de los ejes principales del proyecto es la protección de los derechos fundamentales de las personas, garantizando que puedan tomar sus propias decisiones en temas de salud mental. La ley incluye mecanismos de salvaguarda para proteger estos derechos, con un enfoque especial en la inclusión social y la vida independiente de quienes padecen enfermedades de salud mental graves y persistentes.

Comité Interministerial y Plan de Acción Nacional

El proyecto también crea un comité interministerial de salud mental, compuesto por diversos ministerios como los de Educación, Trabajo, Vivienda, Desarrollo Social, Justicia, Seguridad Pública, Mujer y Deporte. Este comité será responsable de elaborar una política nacional de salud mental y un plan de acción que aborde el diagnóstico de la población, establezca objetivos y alinee las políticas públicas para la promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación e inclusión social de las personas afectadas.

Compromiso gubernamental

Finalmente, la ministra Aguilera enfatizó que el objetivo del proyecto es promover y proteger la salud y el bienestar de todas las personas, no solo de aquellas que padecen algún tipo de trastorno o dolencia. El proyecto busca abarcar todo el ciclo de vida, con pleno respeto a la dignidad y los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución Política.

Fuente: minsal.cl