Pendiente de ejecutar la resolución del TEAR resolviendo notificar la providencia de apremio en forma, no procedía acordar la compensación de oficio de un crédito reconocido y una deuda en periodo ejecutivo, antes de notificar correctamente la providencia de apremio, evitando con ello el ejercicio del derecho a la impugnación de la parte interesada y produciéndole indefensión. – Tribunal Supremo – Sala Tercera – Sección Segunda – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 1045/2024 – Num. Proc.: 378/2023 – Ponente: José Antonio Montero Fernández (TOL10.053.152)

Jul 22, 2024

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Segunda

Sentencia núm. 1.045/2024

Fecha de sentencia: 13/06/2024

Tipo de procedimiento: R. CASACION

Número del procedimiento: 378/2023

Fallo/Acuerdo:

Fecha de : 11/06/2024

Ponente: Excmo. Sr. D. José Antonio Montero Fernández

Procedencia: T.S.J.MADRID CON/AD SEC.9

Letrada de la Administración de Justicia: Sección 002

Transcrito por:

Nota:

R. CASACION núm.: 378/2023

Ponente: Excmo. Sr. D. José Antonio Montero Fernández

Letrada de la Administración de Justicia: Sección 002

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Segunda

Sentencia núm. 1045/2024

Excmos. Sres. y Excma. Sra.

D. José Antonio Montero Fernández, presidente

D. Rafael Toledano Cantero

D. Dimitry Berberoff Ayuda

D. Isaac Merino Jara

D.ª Esperanza Córdoba Castroverde

En Madrid, a 13 de junio de 2024.

Esta Sala ha visto el recurso de casación núm. 378/2023, interpuesto por la ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MADRID, representada y asistida por los letrados de sus servicios jurídicos, contra sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Novena) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de fecha 30 de septiembre de 2022, dictada en el recurso contencioso-administrativo núm. 1042/2020, en el que se impugna Resolución dictada por el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid de fecha 30 de septiembre de 2020, desestimatoria de la reclamación económico-administrativa n.º NUM002 formulada frente a Acuerdo del Director General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego de la Comunidad de Madrid, de 29 de mayo de 2017, por el que se desestimó el recurso de reposición interpuesto contra acuerdo de compensación de oficio n.o de expediente NUM006, adoptado el 11 de enero de 2017, por el que se compensó de oficio el crédito a favor de la interesada resultante del fallo recaído en la reclamación NUM001 que ascendía a 30.599,85 euros, con la deuda derivada de la liquidación NUM000 por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales en la parte concurrente de 25.333,25 euros, devolviendo la diferencia a la interesada entre el importe a su favor y la cantidad compensada, siendo el resultante de 5.266,60 euros más los intereses de demora.

Se han personado en este recurso como partes recurridas la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO con la representación que le es propia y doña Rebeca, representada por la procuradora de los tribunales doña Victoria Rodríguez Acosta y Ladrón de Guevara, bajo la dirección letrada de don Antonio Lavado Rodríguez.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. José Antonio Montero Fernández.

PRIMERO. Resolución recurrida en casación.

En el recurso contencioso-administrativo núm. 1042/2020 la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Novena) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con fecha 30 de septiembre de 2022, dictó sentencia cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

"FALLAMOS

ESTIMAMOS el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Da . Rebeca, representada por la Procuradora D a . Victoria Rodríguez Acosta Ladrón de Guevara, contra Resolución dictada por el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid de fecha 30 de septiembre de 2020, desestimatoria de la reclamación económico-administrativa nº NUM002 formulada frente a Acuerdo del Director General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego de la Comunidad de Madrid, de 29 de mayo de 2017, por el que se desestimó el recurso de reposición interpuesto contra acuerdo de compensación de oficio no de expediente NUM006, adoptado el 11 de enero de 2017, por el que se compensó de oficio el crédito a favor de la interesada resultante del fallo recaído en la reclamación NUM001 que ascendía a 30.599,85 euros, con la deuda derivada de la liquidación NUM000 . . .

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