<

El TSJ de Murcia amplía permiso de nacimiento a familia monoparental

El TSJ de Murcia reconoce la ampliación del permiso por nacimiento y cuidado de hijo a 32 semanas para una familia monoparental.

Publicado: 20 de enero de 2025

Reconocimiento del permiso por nacimiento y cuidado de hijo ampliado para una madre de una familia monoparental. Sentencia de fecha 9 de enero de 2025.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha reconocido el derecho de una madre de familia monoparental a recibir una prestación económica por nacimiento y cuidado de menor durante un total de 32 semanas. Esta decisión añade 16 semanas adicionales a las ya reconocidas por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, las cuales corresponderían al otro progenitor en caso de existir.

Cambio de doctrina

La sentencia, notificada hoy a las partes, estima el recurso de suplicación presentado por una mujer, trabajadora por cuenta ajena, contra una sentencia previa de un juzgado de lo Social de Murcia. El TSJ de Murcia modifica así la doctrina que se había mantenido hasta el momento, basada en la reciente sentencia del Tribunal Constitucional 140/2024, de 6 de noviembre de 2024, la cual declara inconstitucionales ciertos artículos del Estatuto de los Trabajadores y de la Ley General de la Seguridad Social que no permitían la extensión del permiso en casos de familias monoparentales.

Fundamentos jurídicos

El Tribunal Constitucional ha subrayado que tanto los menores nacidos en familias monoparentales como en familias biparentales presentan la misma necesidad de atención y cuidado. La norma, al omitir la posibilidad de extensión del permiso en casos monoparentales, produce una discriminación para las familias. Esta discriminación produce consecuencias negativas para los niños nacidos en familias monoparentales, que son completamente ignoradas por la norma.

Decisión del Tribunal Superior de Justicia de Murcia

En base a estos fundamentos, el TSJ de Murcia ha decidido aplicar el criterio del Tribunal Constitucional. Así, revoca la sentencia de instancia y declara el derecho de la recurrente a recibir la prestación económica por nacimiento y cuidado de menor durante un total de 32 semanas. Establece que: “la Sala debe aplicar el criterio del Tribunal Constitucional apartándonos del hasta ahora mantenido”.

Posibilidad de recurso ante TS

Contra esta sentencia cabe recurso de casación para unificación de doctrina ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.

 

Fuente: Consejo General del Poder Judicial.

Últimas entradas publicadas

despido disciplinario

El Supremo anula sentencia de despido disciplinario por falta de hechos probados suficientes

by | Ago 8, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Tribunal Supremo | Establece la nulidad de la sentencia de despido disciplinario, por insuficiencia de hechos probados.

periodo de prueba

TSJ | Despido nulo por positivo en COVID en periodo de prueba

by | Ago 8, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Extinción contractual durante el periodo de prueba. [TOL10.565.642] La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha ratificado la nulidad del...

educación inclusiva

Indemnización por vulnerar educación inclusiva de una persona con discapacidad

by | Ago 7, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo reconoce el derecho a indemnización por vulnerar el derecho a una educación inclusiva.

Directiva (UE) 2025/1539

Ilegal el trato fiscal a Fondos de Inversión Libre no residentes

by | Ago 7, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Según el Tribunal Supremo, el Fondo de Inversión Libre recurrente demostró cumplir con todos estos requisitos. Estaba autorizado por la autoridad financiera francesa y gestionado conforme a la Directiva 2011/61/UE

alzamiento de bienes

Alzamiento de bienes: creación de sociedades insolventes para eludir deudas

by | Ago 7, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El TSJ de Asturias ratifica la condena de prisión impuesta a un empresario por un delito de alzamiento de bienes.

retroactividad penal

Retroactividad penal en sanciones administrativas

by | Ago 7, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El TJUE resuelve una cuestión prejudicial en materia de retroactividad penal en sanciones de carácter administrativo.