Asesinato. Alevosía: La decisiva superioridad inicialmente buscada en el factor sorpresa y el empleo del arma de elevada potencialidad lesiva, base de la alevosía, condicionó toda la secuencia agresora y marcó una irrecuperable pérdida de capacidad de reacción de la víctima y consolidó la asimetría que eliminó cualquier posibilidad de actuación defensiva mínimamente eficaz. Todo ello sin obviar que el deber de protección que sobre la madre pesaba respecto a los hijos menores presentes en el domicilio, invalidaba cualquier opción de huida personal que dejara a aquellos a expensas del acusado una vez advirtió que este se encontraba armado. Ensañamiento: Incluye el innecesario sufrimiento físico y el psíquico.
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Penal
Sentencia núm. 728/2023
Fecha de sentencia: 04/10/2023
Tipo de procedimiento: RECURSO CASACION (P)
Número del procedimiento: 10219/2023 P
Fallo/Acuerdo:
Fecha de Votación y Fallo: 03/10/2023
Ponente: Excma. Sra. D.ª Ana María Ferrer García
Procedencia: Tribunal Superior de Justicia de Aragón
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Josefa Lobón del Río
Transcrito por: JLA
Nota:
RECURSO CASACION (P) núm.: 10219/2023 P
Ponente: Excma. Sra. D.ª Ana María Ferrer García
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Josefa Lobón del Río
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Penal
Sentencia núm. 728/2023
Excmos. Sres. y Excma. Sra.
D. Andrés Martínez Arrieta
D.ª Ana María Ferrer García
D. Pablo Llarena Conde
D. Eduardo de Porres Ortiz de Urbina
D. Ángel Luis Hurtado Adrián
En Madrid, a 4 de octubre de 2023.
Esta Sala ha visto el recurso de casación num 10219/23 por infracción de ley y quebrantamiento de forma, interpuesto por D. Basilio, representado por el procurador D. José Salvador Alamán Forniés, bajo la dirección letrada de D. Javier Vilarrubí Llorens contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón de fecha 2 de febrero de 2023 (Rollo Apelación 87/22). Ha sido parte recurrida el Ministerio Fiscal y como Acusación Particular D. Bernardino y Dª Bibiana representados por la procuradora Dª Paloma Domínguez Tomás bajo la dirección letrada de D. Alejandro Soteras Laredo y como acusación Popular, el Gobierno de Aragón representado por el Letrado de la Comunidad Autónoma.
Ha sido ponente la Excma. Sra. D.ª Ana María Ferrer García.
PRIMERO.- El Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción num. 1 de Barbastro incoó Procedimiento Abreviado num. 279/21, y una vez concluso lo remitió a la Audiencia Provincial de Huesca (Rollo 590/21), que con fecha 3 de noviembre de 2022, dictó sentencia que contiene los siguientes HECHOSPROBADOS: "Son hechos probados por haberlos declarado el Jurado en su veredicto los siguientes:
El día 30 de junio de 2021 Basilio (nacido en Rabat, Marruecos, el NUM000 de 1977) apuñaló varias veces e hizo varios cortes a Coral, causándole la muerte.
Basilio y Coral habían contraído matrimonio en el año 2005 y tenían tres hijos llamados Felicisimo. (nacido el NUM001 de 2007), Gervasio. (nacido el NUM002 de 2015) y Humberto. (nacido el NUM003 de 2020).
La convivencia marital entre Basilio y Coral cesó en julio de 2019.
En fecha 6 de abril de 2021, el Juzgado de Primera Instancia Número Dos de Barbastro, en el marco del Procedimiento de Familia Número 77/2021, dictó la Sentencia número 22/2021, aprobando el pacto de relaciones familiares presentado, en virtud del cual, además de decretar la disolución del matrimonio entre Coral y Basilio, atribuyó a la madre la guardia y custodia de los tres hijos, estableciendo asimismo un régimen de visitas y de comunicaciones a favor del padre, y concedió el uso del domicilio . . .
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