El Supremo ha anulado el Real Decreto sobre el reglamento de acceso a la abogacía y a la procura. [TOL10.330.155]
El Tribunal Supremo, mediante la sentencia n.º 1975/2024 de 17 de diciembre, ha declarado nulo el Real Decreto 64/2023, de 8 de febrero. Este decreto, que reglamentaba el acceso a las profesiones de abogacía y procura, resulta nulo debido a irregularidades en su proceso de elaboración.
Irregularidades detectadas en el procedimiento
El núcleo de la decisión radica en tres omisiones fundamentales:
- Falta del informe preceptivo del Consejo General del Poder Judicial. Este requisito, conforme al artículo 561.1.6ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial, es indispensable para disposiciones que versen sobre normas procesales.
- Ausencia de un análisis de impacto en la competencia. Este análisis, regulado en normativa nacional y comunitaria, resulta esencial para evaluar restricciones en el acceso a profesiones reguladas. El Tribunal consideró insuficiente la Memoria de Análisis de Impacto Normativo (MAIN).
- No realización del test de proporcionalidad. Este procedimiento es obligatorio para normativas que puedan limitar el acceso al mercado.
Análisis del impacto en la competencia
El Tribunal destacó que el análisis de impacto sobre la competencia presentado en la MAIN era superficial y no cumplía con los estándares requeridos. Además, no se consultó a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, cuya participación resulta esencial para evaluar el efecto de las normativas en el mercado.
Argumentación del abogado del Estado
Por otro lado, el abogado del Estado defendió que el procedimiento cumplía con los requisitos legales y que el dictamen del Consejo de Estado era suficiente para garantizar la validez del decreto. Sin embargo, el Tribunal rechazó este planteamiento, al considerar que los análisis de impacto son elementos esenciales en la elaboración normativa, salvo en casos excepcionalmente tasados.
Consecuencias de la sentencia
La nulidad del Real Decreto 64/2023 afecta directamente al sistema de acceso a las profesiones jurídicas en España. La regulación prevista limitaba la transición de procuradores a abogados, estableciendo barreras que, según el Tribunal, podían restringir la competencia en el sector. Finalmente, esta sentencia restituye el principio de igualdad en el acceso a ambas profesiones y subraya la importancia de cumplir estrictamente los procedimientos normativos.