Reunión extraordinaria del Pleno sobre la huelga judicial
El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), en sesión extraordinaria, ha aprobado un acuerdo en relación con el anuncio de huelga en las Carreras Judicial y Fiscal convocada para los días 1, 2 y 3 de julio de 2025. La comunicación fue remitida por la Asociación Profesional de la Magistratura, la Asociación Judicial Francisco de Vitoria, el Foro Judicial Independiente y otras organizaciones. El acuerdo consta de seis puntos, aprobados en su mayoría por mayoría, salvo el primero y el sexto, adoptados por unanimidad.
Carencia de soporte normativo
En el punto primero, el CGPJ ha reiterado que el ejercicio del derecho de huelga por jueces y magistrados carece de soporte normativo actualmente. Así lo sostuvo previamente en acuerdos de 2009 y 2012. Por ello, no se considera procedente tener por anunciada la huelga ni fijar servicios mínimos, al carecer este órgano de competencia para ello. Esta posición se fundamenta en la falta de regulación específica en la LOPJ sobre el derecho de huelga en estas carreras.
Proceso extraordinario de estabilización
El Consejo ha recordado su posición crítica respecto al proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal en las Carreras Judicial y Fiscal. Este proceso, según el CGPJ, no responde a la carta de emplazamiento de la Comisión Europea de octubre de 2024 en el marco del procedimiento de infracción (2014) 4334. Además, vulnera el artículo 23.2 de la Constitución al afectar al principio de igualdad en el acceso a las funciones públicas, al rebajar los requisitos ordinarios y al no eliminar la figura de los jueces y fiscales sustitutos.
Reconocimiento y responsabilidad institucional
El acuerdo reconoce la dedicación y profesionalidad de los integrantes del Poder Judicial en el acceso a la carrera y en el ejercicio de sus funciones. Asimismo, se apela a la responsabilidad institucional de quienes ostentan funciones constitucionales, en consonancia con la declaración de la Comisión Permanente del 27 de mayo de 2025.
Garantía de servicios esenciales
Por último, el CGPJ ha declarado que el paro anunciado, de llevarse a cabo, no debe afectar a servicios esenciales como el reparto de asuntos, servicios de guardia, decisiones urgentes, tutela de derechos fundamentales, procesos con personas vulnerables y medidas cautelarísimas.
Fuente. CGPJ.