<

AEPD multa a una empresa con 600.000 euros por una brecha de seguridad que afectó a 9.500 clientes

AEPD multa a la empresa Vivus por una brecha seguridad que afectó a casi 9.500 clientes, quedando desprotegidos sus datos.

Publicado: 10 de mayo de 2024

La compañía de crédito Vivus deberá pagar una multa por una brecha de seguridad que comprometió información personal de sus clientes. EXP202304633

La Agencia Española de Protección de Datos ha impuesto una multa de 600.000 euros a la empresa de crédito 4Finance Spain Financial Services, conocida como Vivus, por una grave brecha de seguridad que comprometió la información personal de 9.497 clientes. 

La empresa se enfrentó a suplantaciones de identidad y un uso fraudulento de los datos afectados. Los ciberdelincuentes accedían al área personal del cliente para solicitar un préstamo, el cual se aceptaba automáticamente, recibían el ingreso en la cuenta del cliente. Tras ello, se comunicaban con las víctimas a través de WhatsApp, haciéndose pasar por representantes de Vivus, solicitando la devolución del dinero a cuentas controladas por los delincuentes.

Vivus, ocho meses después de descubrir la brecha, finalmente notificó el incidente el 17/02/2024, según revela la resolución emitida por la AEPD. Esta demora en la notificación resultó en que al menos 427 clientes fueran defraudados durante ese tiempo.

La justificación de Vivus ante la AEPD

La empresa se justifica alegando que ha implementado varias medidas correctivas, incluyendo el cambio de contraseñas para todos los usuarios, la adopción de un sistema de autenticación de doble factor y la revisión de sus procedimientos internos. Además, la empresa ha categorizado a los afectados por fraude para prevenir futuras consecuencias y ha ajustado su política de contraseñas. No obstante, la AEPD considera que las medidas correctivas implementadas no son suficientes para garantizar la identidad de los usuarios que solicitan préstamos.

La AEPD considera que Vivus vulneró el artículo 5.1 del RGPD al no garantizar la confidencialidad de los datos personales, lo que resultó en una multa de 200.000 euros. También se impuso una multa de 400.000 euros por no aplicar medidas de seguridad técnicas y organizativas adecuadas, según lo estipulado en el artículo 32 del RGPD. En la cuantificación se ha tenido en cuenta como agravante la vinculación de la actividad empresarial con el tratamiento continuo de datos personales.

La multa inicial de 600.000 euros quedó reducida a 360.000 euros. La empresa reconoció los hechos y pagó de forma voluntaria el 25 de abril de 2024. 

Últimas entradas publicadas

datos biométricos

Conservación de datos biométricos por parte de la Policía

by | Nov 21, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Las autoridades policiales de un Estado miembro pueden conservar datos biométricos y genéticos de los implicados en procedimientos penales

IRPH

Primeras directrices del Supremo sobre el IRPH

by | Nov 21, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Nuevas sentencias del Tribunal Supremo relacionadas con el IRPH y su validez en los contratos hipotecarios.

Pagos fraccionados de las grandes empresas

Pagos fraccionados de las grandes empresas | Constitucional

by | Nov 21, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Avalada la constitucionalidad de los pagos fraccionados de las grandes empresas en el Impuesto sobre Sociedades

meta

Meta, condenada a pagar casi 500 millones a la prensa digital española por competencia desleal

by | Nov 21, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Un Juzgado de lo Mercantil ha establecido una multa de 479 millones por competencia desleal, al infringir el Reglamento Europeo.

prueba alcoholemia

Negativa a pruebas de alcoholemia

by | Nov 20, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo confirma la condena por negarse a una prueba alcoholemia. Conoce los detalles del caso.

derecho de separación

Desaparece el derecho de separación al reflejarse pérdidas

by | Nov 20, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Cuando las cuentas reformuladas muestran pérdidas, el derecho de separación por falta de dividendos pierde validez, según ha resuelto el Tribunal Supremo