Delitos atribuidos por la Audiencia Nacional en el caso Generación ZOE
El Juzgado Central de Instrucción n.º 4 de la Audiencia Nacional ha acordado la continuación de las diligencias previas contra 18 personas por su presunta implicación en un entramado delictivo de estafa piramidal valorado en cuatro millones de euros (caso Generación ZOE). El juez instructor ha apreciado indicios racionales de criminalidad por los delitos de organización criminal, estafa continuada y blanqueo de capitales, descartando la implicación de dos investigados y manteniendo en búsqueda a otros tres declarados en rebeldía.
Captación fraudulenta bajo apariencia de formación y coaching
La organización, identificada bajo la denominación comercial “Generación ZOE”, operaba bajo el amparo de una supuesta escuela de liderazgo y coaching financiero, con sede en España y vínculos con su matriz en Argentina. Los hechos investigados se produjeron entre 2010 y 2011. Según el auto, el grupo prometía inversiones de alta rentabilidad utilizando un discurso basado en la superación personal, criptomonedas y productos financieros ficticios, como una “wallet virtual” y servicios ofrecidos por robots de inversión.
Estrategia piramidal con apariencia de legalidad
El modelo de captación consistía en la adquisición de membresías con permanencia obligatoria de tres años. Posteriormente, las operaciones se realizaban en efectivo, sin constancia bancaria, reforzando la opacidad de las transacciones. Las víctimas recibían ingresos iniciales para generar confianza, práctica habitual en esquemas piramidales. A medida que aumentaba el número de víctimas, se hacía evidente la imposibilidad de sostener los rendimientos prometidos.
Divulgación y publicidad en redes sociales
La investigación refleja el uso intensivo de redes sociales y plataformas como WhatsApp y Telegram para atraer inversores. La visibilidad pública se reforzó con campañas de marketing y el patrocinio de un club deportivo local. Estas acciones buscaban generar una falsa imagen de solvencia y éxito empresarial. El capital recaudado no se invertía en actividades productivas, sino que se destinaba a reembolsar a inversores anteriores y al enriquecimiento de los cabecillas, mediante la compra de bienes inmuebles, vehículos de alta gama y transferencias a cuentas en el extranjero.
Características del fraude y naturaleza del delito
El juez instructor destaca que el caso reúne todos los elementos de una estafa piramidal: captación masiva de fondos bajo promesas engañosas, inexistencia de inversiones reales, y devolución parcial mediante el capital de nuevos inversores. Se trataba de una simulación de negocio carente de racionalidad económica.
Fuente. CGPJ.