<

Cambio en la tributación del transporte de viajeros con licencia VTC: equiparación con los taxis

La DGT cambia de criterio en materia de tributación de las licencias VTC.

Publicado: 31 de octubre de 2023

A través de una consulta, la V2219-23, establece que, a efectos fiscales, se equipara la licencia VTC con la de los taxis.

La Dirección General de Tráfico ha cambiado su criterio respecto al transporte de viajeros con licencia de Vehículo de Transporte con Conductor (VTC), utilizado para ejercer servicios como Uber o Cabify, equiparándolo al transporte de taxi a efectos tributarios.

Esta decisión implica que a partir del ejercicio 2023, los conductores que ejerzan la actividad económica de transporte de viajeros con licencia VTC podrán determinar el rendimiento neto de su actividad por el método de estimación objetiva.

Utilizarán el método de estimación objetiva

La resolución R.G. 00/09398/2021, de 20 de septiembre de 2022 [TOL9.229.469], del Tribunal Económico-Administrativo Central  fijó el siguiente criterio: «La actividad económica de alquiler de vehículos a través de una licencia VTC sí puede tributar por el método de estimación objetiva del IRPF y por el régimen simplificado del IVA».

Este cambio supone una modificación respecto a la posición que este Centro Directivo había mantenido en consultas vinculantes anteriores, donde se establecía que la actividad de transporte de viajeros con licencia VTC no estaba incluida en el ámbito de aplicación del método de estimación objetiva.

Dada la vinculación de los criterios del TEAC a la Dirección General de Tributos (en virtud del artículo 242 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria), los conductores de VTC podrán determinar el rendimiento neto de su actividad por el método de estimación objetiva en 2023, siempre que cumplan con las magnitudes excluyentes del método establecidas en la Orden HFP/1172/2022, de 29 de noviembre, y las demás causas de exclusión del método de estimación objetiva establecidas en el artículo 34 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2009, de 30 de marzo (BOE de 31 de marzo).

En el método de estimación objetiva, la actividad desarrollada por los titulares de licencias VTC sería considerada como transporte por auto-taxis, de acuerdo al artículo 1 de la Orden HFP/1172/2022.

 

Otras noticias de interés:

Convenios colectivos diferentes | se debe priorizar el convenio correspondiente a la actividad predominante de la empresa

Últimas entradas publicadas

servicios mínimos

Tribunal Supremo | Las empresas pueden concretar los servicios mínimos

by | Nov 7, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Supremo confirma que las empresas pueden concretar los servicios mínimos durante una huelga, sin que esto implique delegación indebida.

eutanasia

El Supremo fijará doctrina sobre la legitimación de padres en casos de eutanasia

by | Nov 7, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo establecerá próximamente jurisprudencia sobre casos en los que los padres recurran por la eutanasia de sus hijos.

manipulación del mercado

Multa de la CNMC por manipulación del mercado de gas natural

by | Nov 7, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Impuesta una multa de un millón de euros a Enet Energy S.A. por una conducta calificada como tentativa de manipulación del mercado

licencia británica

Multado por conducir en España con licencia provisional británica y coche dado de baja

by | Nov 7, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La Audiencia Provincial de Baleares ha multado a un hombre por conducir un vehículo dado de baja y además con licencia británica.

Delito de revelación de secretos

Revelación de secretos | Contraseña de un ordenador personal

by | Nov 6, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Restablecida la condena por delito de revelación de secretos a un trabajador que accedió sin autorización al ordenador personal de una compañera de trabajo

cooperativa

Cooperativa condenada por incumplir el preaviso de baja

by | Nov 6, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo confirma la responsabilidad de una cooperativa que deberá indemnizar por daños económicos tras su baja voluntaria.