<

Cambio en la tributación del transporte de viajeros con licencia VTC: equiparación con los taxis

La DGT cambia de criterio en materia de tributación de las licencias VTC.

Publicat: 31 d'octubre de 2023

A través de una consulta, la V2219-23, establece que, a efectos fiscales, se equipara la licencia VTC con la de los taxis.

La Dirección General de Tráfico ha cambiado su criterio respecto al transporte de viajeros con licencia de Vehículo de Transporte con Conductor (VTC), utilizado para ejercer servicios como Uber o Cabify, equiparándolo al transporte de taxi a efectos tributarios.

Esta decisión implica que a partir del ejercicio 2023, los conductores que ejerzan la actividad económica de transporte de viajeros con licencia VTC podrán determinar el rendimiento neto de su actividad por el método de estimación objetiva.

Utilizarán el método de estimación objetiva

La resolución R.G. 00/09398/2021, de 20 de septiembre de 2022 [TOL9.229.469], del Tribunal Económico-Administrativo Central  fijó el siguiente criterio: «La actividad económica de alquiler de vehículos a través de una licencia VTC sí puede tributar por el método de estimación objetiva del IRPF y por el régimen simplificado del IVA».

Este cambio supone una modificación respecto a la posición que este Centro Directivo había mantenido en consultas vinculantes anteriores, donde se establecía que la actividad de transporte de viajeros con licencia VTC no estaba incluida en el ámbito de aplicación del método de estimación objetiva.

Dada la vinculación de los criterios del TEAC a la Dirección General de Tributos (en virtud del artículo 242 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria), los conductores de VTC podrán determinar el rendimiento neto de su actividad por el método de estimación objetiva en 2023, siempre que cumplan con las magnitudes excluyentes del método establecidas en la Orden HFP/1172/2022, de 29 de noviembre, y las demás causas de exclusión del método de estimación objetiva establecidas en el artículo 34 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2009, de 30 de marzo (BOE de 31 de marzo).

En el método de estimación objetiva, la actividad desarrollada por los titulares de licencias VTC sería considerada como transporte por auto-taxis, de acuerdo al artículo 1 de la Orden HFP/1172/2022.

 

Otras noticias de interés:

Convenios colectivos diferentes | se debe priorizar el convenio correspondiente a la actividad predominante de la empresa

Últimes entrades publicades

apple

Competencia neerlandesa en acción colectiva contra Apple

by | des. 3, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

TJUE | Los órganos neerlandeses son competentes para conocer de las acciones de representación colectivas interpuestas frente a Apple.

sancionado sin cobertura legal

Alumno de Policía sancionado sin cobertura legal

by | des. 3, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Constitucional ampara a un alumno expulsado de la Policía por ser sancionado sin cobertura legal. Se anula la sanción y se declara inconstitucional el reglamento aplicado.

asignatura alternativa

Respaldo al currículo sin asignatura alternativa en Bachillerato

by | des. 2, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

La sentencia del Tribunal Supremo reafirma que no es necesaria una asignatura alternativa en Bachillerato. Se ajusta al marco legal y constitucional

operador en línea

Responsabilidad del operador en línea por datos personales

by | des. 2, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El TJUE resuelve una cuestión prejudicial en materia de tratamiento de datos personales por parte de los operadores en línea.

acróbata

TSJCV fija indemnización para acróbata lesionada

by | des. 2, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El TSJ de la Comunidad Valenciana establece una indemnización a una acróbata de Marina d´Or por lesiones provocadas por falta de medidas de seguridad.

asignatura alternativa

Nuevo Estatuto del Personal de las Cortes Generales

by | des. 1, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El BOE ha publicado el Acuerdo del día 20 de noviembre, mediante el cual se establece el nuevo estatuto de las Cortes Generales.