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Contaminación acústica | Niveles de ruido excesivos que vulneraron la normativa

El tribunal consideró que la conducta del propietario constituía un delito contra el medio ambiente, conforme al artículo 325 del Código Penal. Esto se debió a que creó una situación de contaminación acústica que ponía en peligro el equilibrio natural y la salud de las personas.

Publicado: 7 de octubre de 2024

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ratifica la condena al propietario de un pub por contaminación acústica

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha confirmado la condena impuesta al propietario del pub musical «El Rincón» en Puebla de Sanabria por generar niveles de ruido excesivos (contaminación acústica) que vulneraron la normativa ambiental vigente. La Audiencia Provincial de Zamora le había condenado previamente a tres años y medio de prisión y a una multa de 18 meses. Además, le impuso una inhabilitación para ejercer actividades relacionadas con la hostelería durante dos años y medio y el pago de las costas procesales.

Incumplimiento reiterado de la normativa sobre contaminación acústica

Desde la apertura del establecimiento en 2009, el propietario operaba bajo una licencia condicionada. Esta le obligaba a mantener puertas y ventanas cerradas para limitar la emisión de ruido y evitar la contaminación acústica. Sin embargo, a pesar de contar con autorización para instalar una terraza en la vía pública durante los meses de verano, el pub continuó superando los niveles sonoros permitidos por la Ley 5/2009 del Ruido de Castilla y León. Mediciones realizadas por la empresa Audiotec en 2017 y 2020 registraron niveles de hasta 97 dBA, excediendo el límite máximo autorizado de 95 dBA. Esto contribuyó a la contaminación acústica en la zona.

A pesar de instalar un limitador de sonido en julio de 2018, el local persistió en mantener abiertas puertas y ventanas y en organizar eventos nocturnos que incrementaban la contaminación acústica. Además, se constató el uso de altavoces externos, sirenas y bocinas para anunciar el cierre del establecimiento. También se proyectaban eventos deportivos en pantallas al aire libre, lo que agravaba la situación.

Impacto en la salud y bienestar de los vecinos debido a la contaminación acústica

Las molestias causadas al vecindario fueron constantes y están documentadas en numerosas quejas y denuncias. Desde 2007, la Guardia Civil levantó 48 actas de inspección debido al incumplimiento sistemático de las normativas ambientales y de ruido. Testimonios de vecinos afectados evidenciaron problemas de insomnio, estrés y ansiedad derivados de la contaminación acústica continua, afectando significativamente su calidad de vida.

El tribunal consideró que la conducta del propietario constituía un delito contra el medio ambiente, conforme al artículo 325 del Código Penal. Esto se debió a que creó una situación de contaminación acústica que ponía en peligro el equilibrio natural y la salud de las personas. La defensa cuestionó la presunción de inocencia y la suficiencia de las pruebas presentadas; sin embargo, el tribunal determinó que existía evidencia contundente que justificaba la condena, incluyendo informes periciales, actas policiales, fotografías, vídeos y grabaciones que demostraban la persistente contaminación acústica.

La jurisprudencia respaldó la decisión, subrayando que la contaminación acústica prolongada y excesiva justifica la intervención penal. Esto se debe a los efectos nocivos que tiene en la salud y el bienestar de los ciudadanos. La falta de medidas efectivas para mitigar el sonido excesivo y la continua negligencia del acusado ante las denuncias de los vecinos fueron determinantes para la confirmación de la condena.

Conclusión

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ratifica la condena al propietario del pub «El Rincón» por su responsabilidad en generar un ambiente de contaminación acústica que afectó gravemente a la comunidad local.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.

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