<

Delito continuado de injurias con publicidad por publicar en Facebook comentarios injuriosos

Delito continuado de injurias con publicidad realizado por un individuo a través de Facebook contra un concejal, sobrepasando la crítica política legítima hacia ataques personales

Publicado: 9 de abril de 2024

El Juzgado de lo Penal número 3 de A Coruña ha emitido una sentencia condenatoria contra un vecino de Oza-Cesuras por publicar en Facebook comentarios injuriosos hacia un concejal del municipio y sus hijos. Este ciudadano ha sido declarado responsable de un delito continuado de injurias con publicidad. Lo que ha resultado en una multa de 1.806 euros. Además se le impone la prohibición de comunicarse o aproximarse a menos de 100 metros de la víctima y sus lugares habituales. También se le ha condenado a indemnizar al concejal afectado con mil euros por daños morales.

Libertad de expresión y derecho al honor

La sentencia detalla que, desde el 9 de septiembre de 2018, el acusado realizó múltiples publicaciones en las que criticaba y descalificaba al concejal, que desde 1991 ha sido miembro de la Corporación Municipal y que, en el momento de los hechos, ocupaba el cargo de concejal de urbanismo. El magistrado subraya que las publicaciones no solo se dirigían al concejal, sino que también involucraban de manera ofensiva a sus hijos. Con la intención de dañar la honorabilidad del edil en el ejercicio de sus funciones públicas.

Delito continuado de injurias a través de publicaciones en su perfil de Facebook

La resolución judicial subraya que, aunque algunas partes de los mensajes contenían críticas a la gestión del concejal, predominaba un lenguaje ofensivo y vejatorio que trascendía la crítica política o administrativa para convertirse en ataques personales y directos tanto hacia el concejal como hacia su familia. El juez califica estas acciones de innecesariamente ofensivas. Y señala expresiones concretas utilizadas por el acusado, las cuales considera agraviantes y fuera de lugar para el contexto de una crítica razonable.

Fallo del tribunal sobre el delito continuado de injurias

Por último, el juez concluye que el contenido publicado por el vecino de Oza-Cesuras no cumple con los criterios de veracidad, necesidad y proporcionalidad. Resultando en un daño grave al honor del concejal. La sentencia aún no es definitiva, ya que se puede apelar ante la Audiencia Provincial de A Coruña.

Últimas entradas publicadas

coautoría artística

Reconocimiento judicial de coautoría artística

by | Oct 21, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Supremo reconoce la coautoría artística de una artista colaboradora en más de 200 obras atribuidas originalmente a un pintor principal.

conjunto denominativo

Registro por falta de distintividad del conjunto denominativo

by | Oct 21, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Para superar la prohibición del artículo 5.1.c), el signo debe incorporar elementos capaces de identificar el origen empresarial de forma clara y no limitarse a describir la actividad o su canal de comercialización.

transporte aéreo

Sentencia del Supremo en materia de nulidad de cláusulas del transporte aéreo

by | Oct 21, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo se pronuncia en una reciente sentencia acerca de la nulidad o validez de determinadas cláusulas de transporte aéreo.

sentencias dictadas en apelación

Recurso de casación contra sentencias dictadas en apelación

by | Oct 21, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

En aplicación del artículo 901 LECrim, el Tribunal Supremo desestima el recurso de casación y condena al recurrente al pago de las costas procesales.

datos personales

Hacienda y el uso legítimo de datos personales

by | Oct 20, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo se pronuncia acerca de la utilización de datos personales de terceros por parte de la Agencia Tributaria.

miembro del comité de empresa

El Supremo avala la defensa sindical de un miembro del comité de empresa

by | Oct 20, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo reconoce que el traslado de un miembro del comité de empresa puede tener implicaciones que afectan a la libertad sindical colectiva.