<

Delito continuado de injurias con publicidad por publicar en Facebook comentarios injuriosos

Delito continuado de injurias con publicidad realizado por un individuo a través de Facebook contra un concejal, sobrepasando la crítica política legítima hacia ataques personales

Publicat: 9 d'abril de 2024

El Juzgado de lo Penal número 3 de A Coruña ha emitido una sentencia condenatoria contra un vecino de Oza-Cesuras por publicar en Facebook comentarios injuriosos hacia un concejal del municipio y sus hijos. Este ciudadano ha sido declarado responsable de un delito continuado de injurias con publicidad. Lo que ha resultado en una multa de 1.806 euros. Además se le impone la prohibición de comunicarse o aproximarse a menos de 100 metros de la víctima y sus lugares habituales. También se le ha condenado a indemnizar al concejal afectado con mil euros por daños morales.

Libertad de expresión y derecho al honor

La sentencia detalla que, desde el 9 de septiembre de 2018, el acusado realizó múltiples publicaciones en las que criticaba y descalificaba al concejal, que desde 1991 ha sido miembro de la Corporación Municipal y que, en el momento de los hechos, ocupaba el cargo de concejal de urbanismo. El magistrado subraya que las publicaciones no solo se dirigían al concejal, sino que también involucraban de manera ofensiva a sus hijos. Con la intención de dañar la honorabilidad del edil en el ejercicio de sus funciones públicas.

Delito continuado de injurias a través de publicaciones en su perfil de Facebook

La resolución judicial subraya que, aunque algunas partes de los mensajes contenían críticas a la gestión del concejal, predominaba un lenguaje ofensivo y vejatorio que trascendía la crítica política o administrativa para convertirse en ataques personales y directos tanto hacia el concejal como hacia su familia. El juez califica estas acciones de innecesariamente ofensivas. Y señala expresiones concretas utilizadas por el acusado, las cuales considera agraviantes y fuera de lugar para el contexto de una crítica razonable.

Fallo del tribunal sobre el delito continuado de injurias

Por último, el juez concluye que el contenido publicado por el vecino de Oza-Cesuras no cumple con los criterios de veracidad, necesidad y proporcionalidad. Resultando en un daño grave al honor del concejal. La sentencia aún no es definitiva, ya que se puede apelar ante la Audiencia Provincial de A Coruña.

Últimes entrades publicades

doble tiro

Límite del «doble tiro» en las liquidaciones tributarias

by | oct. 15, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

Protege así el principio de seguridad jurídica y frena la posibilidad de que el poder público reitere sin límite actos anulados en perjuicio del administrado

"Diesel"

El Tribunal Supremo valida la marca “Odisel” frente a la disputa con “Diesel”

by | oct. 15, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Supremo se ha pronunciado recientemente en materia de marcas, al denegar la confusión entre la marca “Odisel” y la marca “Diesel”.

estafa y blanqueo

Audiencia Nacional propone juicio a un productor y 54 personas más por estafa y blanqueo

by | oct. 15, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El juez de la Audiencia Nacional propone juicio para un productor de televisión y otras 54 personas por delitos de estafa y blanqueo.

especialista en Derecho de la Unión Europea

Amparo a una especialista en Derecho de la Unión Europea

by | oct. 15, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Tribunal considera que limitar el debate exclusivamente a los motivos del actor impide una valoración completa de los elementos clave del conflicto, como la apreciación de méritos

Prompts jurídicos: 5 plantillas para obtener respuestas fiables

by | oct. 14, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

En el mundo jurídico, la precisión no es negociable. Y con el auge de la inteligencia artificial en el ámbito legal, saber formular prompts jurídicos efectivos se ha...

compensación por comida

La compensación por comida no requiere justificante

by | oct. 14, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

Establece que la compensación por comida tiene naturaleza indemnizatoria fija, desligada de cualquier gasto efectivo.