<

Delito de prevaricación imputado por un abogado a un juez en un escrito de recurso no justifican una condena penal

El Tribunal Supremo anula la condena a un abogado por acusar de delito de prevaricación a un juez en un escrito de recurso

Publicado: 2 de febrero de 2024

Anula la condena por delito de calumnias a un abogado que imputó un delito de prevaricación a un juez en un escrito de recurso

El Tribunal Supremo anula una condena por delito de calumnias contra un abogado que acusó a un juez de prevaricación en un escrito de recurso. El abogado había sido inicialmente condenado por un Juzgado de lo Penal de Vigo y la Audiencia de Pontevedra a pagar una multa de 2.160 euros y una indemnización de 500 euros al juez afectado. La razón de la condena se basó en la afirmación del letrado de que el juez había emitido una resolución injusta a sabiendas.

Revocada la condena en virtud de la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Tribunal Constitucional

El Tribunal Supremo revocó esta condena, apoyado por la Fiscalía, basándose en la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Tribunal Constitucional. Esta doctrina sostiene que los jueces, al ejercer funciones públicas, pueden estar sujetos a críticas más severas que los particulares. Además, el Tribunal Supremo reconoció que los abogados tienen derecho a expresar críticas firmes contra las actuaciones judiciales en defensa de sus clientes o de sus propios intereses. Estas críticas incluyen la solicitud de responsabilidades gubernativas, civiles o penales de los jueces sin que esto constituya una violación al derecho al honor.

Delito de prevaricación | Expresiones desafortunadas, impropias y ofensivas

El tribunal considera que las expresiones proferidas son desafortunadas, impropias y ofensivas. No obstante, del mismo modo concluye que estas no justificaban una condena penal. Finalmente, el tribunal enfatiza que el caso requería evaluar si las expresiones podían ser objeto de una sanción penal, no si merecían reproche o sanción en otro sentido.

La sentencia también recuerda la importancia de proteger a los jueces de ataques verbales ofensivos. Ponderando cada caso individualmente y aplicando criterios de proporcionalidad para determinar si las expresiones eran proporcionadas a los fines legítimos perseguidos.

Últimas entradas publicadas

arraigo familiar

Arraigo familiar | Rechazada la expulsión de un agresor

by | Abr 25, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Superior de Navarra ha optado por una solución que prioriza la rehabilitación, garantizando que el procesado pueda recibir tratamiento adecuado en un entorno familiar estable

no casados

Deducción por vivienda para progenitores no casados

by | Abr 25, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Reconocimiento de la deducción por vivienda habitual en rupturas de pareja no casados El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha reconocido, mediante sentencia de...

retracto en ventas conjuntas

Restricción al retracto en ventas conjuntas

by | Abr 25, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Analiza el alcance del retracto en ventas conjuntas con la reciente interpretación del artículo 25.7 de la LAU de 1994.

Exención fiscal a militares en misiones

Exención fiscal a militares en misiones de la ONU y operaciones de la OTAN

by | Abr 25, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo refuerza una interpretación amplia de la exención fiscal prevista en el artículo 7.p) LIRPF. Así, reconoce que los militares desplazados fuera del territorio nacional tienen derecho a la exención fiscal

Casación por sobreseimiento

El Supremo limita la casación penal por sobreseimiento

by | Abr 24, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Supremo establece limitaciones en cuanto al recurso de casación penal, en relación con el sobreseimiento.

Alcance de la potestad de comprobación tributaria

Alcance de la potestad de comprobación tributaria

by | Abr 24, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo desestima el recurso planteado por el contribuyente y confirma la sentencia de instancia, consolidando así la doctrina sobre el alcance de la potestad de comprobación de la Administración tributaria