El Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género ha elaborado un documento destinado a jueces y magistrados con el fin de aclarar las dudas interpretativas derivadas de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia. La norma es efectiva desde el 3 de octubre de 2025. Introduce cambios sustanciales en la atribución de competencias judiciales de los delitos sexuales a las secciones de Violencia sobre la Mujer.
Criterios sobre competencias judiciales penales y civiles
El documento, redactado por un grupo de expertos del Observatorio, analiza supuestos concretos en los que pueden surgir dudas respecto al órgano judicial competente, tanto en el orden Penal como en el Civil. Entre los casos abordados se incluyen la determinación de la competencia según la fecha de la denuncia o de los hechos delictivos, y la intervención de las secciones especializadas en función de la naturaleza de la víctima y del delito.
Uno de los puntos destacados es la atribución de las causas por delitos sexuales cometidos o denunciados antes y después de la entrada en vigor de la ley. También se precisan los criterios aplicables en delitos de impago de pensiones y en trata con fines de explotación sexual, especialmente cuando las víctimas son tanto mujeres adultas como menores de edad.
Casos complejos y delitos transnacionales
El texto ofrece pautas para resolver conflictos de competencia en casos de criminalidad organizada, cuando las víctimas o los hechos se reparten entre distintos partidos judiciales. Asimismo, se analiza la jurisdicción aplicable en delitos de matrimonio forzado cometidos fuera de España. Plantea si corresponde conocer a las secciones de Violencia sobre la Mujer o a la Audiencia Nacional. En función del lugar de consumación y del vínculo de la víctima con el agresor.
Expertos responsables y actualización continua
El grupo de expertos está compuesto por destacados miembros del Poder Judicial. Entre ellos, los magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, junto con presidentas de Audiencias Provinciales y magistradas especializadas en violencia de género. El Observatorio ha anunciado que el documento se actualizará periódicamente. Ello conforme se consoliden los criterios jurisprudenciales sobre la interpretación de la LO 1/2025.
Fuente. CGPJ.