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El Tribunal Constitucional desestima el conflicto sobre la derogación del ISD

El TC avala al Senado frente al Gobierno en el conflicto por la derogación del ISD. El Tribunal Constitucional ha desestimado por unanimidad el conflicto de atribuciones planteado por el Gobierno contra la Mesa del Senado. El origen del litigio fue el rechazo de esta última al veto presupuestario interpuesto por el Ejecutivo. Este veto […]

Publicado: 17 de junio de 2025

El TC avala al Senado frente al Gobierno en el conflicto por la derogación del ISD.

El Tribunal Constitucional ha desestimado por unanimidad el conflicto de atribuciones planteado por el Gobierno contra la Mesa del Senado. El origen del litigio fue el rechazo de esta última al veto presupuestario interpuesto por el Ejecutivo. Este veto se refería a una proposición de ley del Grupo Parlamentario Popular destinada a la derogación del ISD, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. La sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada María Luisa Balaguer Callejón, concluye que el Gobierno excedió el uso de su prerrogativa conforme al artículo 134.6 de la Constitución Española.

El alcance del artículo 134.6 CE

El citado precepto establece que toda proposición o enmienda que implique una disminución de ingresos o un aumento de gastos requiere conformidad gubernamental para su tramitación. El Gobierno fundamentó su veto en la previsibilidad de una prórroga de los Presupuestos Generales del Estado de 2023 y en los efectos económicos anticipados. Estos efectos podrían ser generados si se derogaba el impuesto.

Doctrina constitucional

El Tribunal recuerda que su doctrina, recogida en las sentencias 34/2018 y 44/2018, limita el alcance del veto presupuestario al ejercicio presupuestario “en curso” al momento de la presentación de la iniciativa. En este caso, la proposición de ley fue registrada el 26 de octubre de 2023 y su entrada en vigor estaba prevista para el 1 de enero de 2024. Por tanto, no afectaba a los presupuestos de 2023, que eran los únicos vigentes al momento del registro.

Rechazo del “efecto anuncio” y del enfoque plurianual

El Tribunal desestima también la tesis del “efecto anuncio”. Esto se refiere a la posibilidad de que una iniciativa legislativa futura pueda afectar anticipadamente la recaudación tributaria. Considera que tales efectos no pueden considerarse reales y efectivos, sino meramente hipotéticos. Igualmente, rechaza una interpretación del veto desde una óptica de estabilidad presupuestaria plurianual. Se entiende que vulnera el principio de anualidad presupuestaria y el papel legislativo de las Cámaras (art. 66 CE).

Conclusión: validación de la actuación del Senado

En consecuencia, el Tribunal Constitucional concluye que la Mesa del Senado actuó conforme a sus competencias al no admitir el veto gubernamental. La decisión reafirma los límites del artículo 134.6 CE y consolida la doctrina sobre el control del Ejecutivo en materia presupuestaria en el marco parlamentario.

Fuente: TC.

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