<

El Tribunal Supremo reconoce el acceso a la jubilación anticipada involuntaria para socios de cooperativas extinguidas por pérdidas económicas

Con esta decisión, el Supremo fija doctrina acerca del acceso a la jubilación anticipada involuntaria para socios de cooperativas.

Publicado: 27 de noviembre de 2023

Con esta decisión, el Supremo fija doctrina acerca del acceso a la jubilación anticipada involuntaria para socios de cooperativas. Considera que la LGSS no establece los requisitos a tener en cuenta en dicho caso.

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha establecido que los socios trabajadores de una cooperativa de trabajo asociado pueden acceder a la jubilación anticipada involuntaria cuando se extingue la relación por dificultades económicas. Esta decisión se aplica incluso en casos donde no se ha percibido la indemnización propia de despidos objetivos o colectivos. La sentencia especifica dicho punto, debido a que fue el motivo por el que inicialmente el INSS denegó la solicitud.

La sentencia surge a raíz del caso de una socia trabajadora de una cooperativa, a quien el Instituto Nacional de la Seguridad Social había denegado el acceso a la jubilación anticipada al no haber acreditado el cobro de la indemnización. La cooperativa, conformada por la demandante y otra socia, comunicó en 2015 la extinción de sus contratos por cese de actividad por razones económicas. El motivo, principalmente, fue la disminución de las ventas y acumulación de pérdidas desde 2009.

Tras la extinción de la cooperativa, solicitó una pensión de jubilación. Sin embargo, el INSS la denegó. Posteriormente, un juzgado de lo Social de Huesca reconoció su derecho a recibir la pensión, decisión ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón. Ante dicha situación el INSS recurrió al Tribunal Supremo.

Decisión del Tribunal Supremo

La Sala sostiene que, en casos de extinción involuntaria de la relación laboral en cooperativas debido a la situación económica deficiente, no es necesario que los socios trabajadores acrediten que han recibido una indemnización no recogida en el régimen jurídico de su vínculo societario. Además, destaca que el artículo 207.1 de la Ley General de la Seguridad Social no regula de manera específica los requisitos para los socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado.

Determina que «lo innegable es que la socia ha quedado sin ocupación, que ha sido admitida como beneficiaria de las prestaciones por desempleo, que nadie ha cuestionado la realidad de los problemas económicos y que la disolución de la cooperativa en modo alguno puede considerarse como una situación exclusivamente dependiente de su voluntad, al menos en tanto no se acredite».

Considera que a pesar de que su voluntad haya influido en la extinción de la empresa, su relación laboral ha quedado extinguida. La ley pretende evitar casos de fraude, pero también proteger al trabajador en los casos en los que no existe una voluntad extintiva por su parte, debido a que su decisión está influida por factores económicos externos. 

 

Otras noticias de interés:

Explotación vitícola | El viticultor puede indicar su propia explotación, aunque realice el prensado en las instalaciones de otro viticultor

Últimas entradas publicadas

carencia documental

Casi el 7 % de los cambios de comercializador presentan carencia documental

by | Jun 13, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Aunque estos consumidores recuperaron posteriormente el bono social, la CNMC ha iniciado actuaciones específicas por la existencia de estas carencias documentales.

Fraude a la Seguridad Social y la presunción de inocencia

Fraude a la Seguridad Social y el alcance de la presunción de inocencia

by | Jun 13, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La tutela judicial efectiva: El Supremo recuerda que, tras la reforma de 2015, su función revisora se limita a comprobar la legalidad de la prueba, su suficiencia y la razonabilidad de las inferencias realizadas por el tribunal de instancia

reducción del 90 %

Tributos restringe la reducción del 90 % en IRPF por arrendamiento

by | Jun 12, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Mantener la misma renta en un nuevo contrato no da derecho a la reducción del 90 % en arrendamientos de vivienda.

Discriminación indirecta en el plus salarial «más jornadas»

Discriminación indirecta en el plus salarial «más jornadas» de HEFAME

by | Jun 12, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Sobre la discriminación indirecta, el Tribunal aplicó la jurisprudencia consolidada. Para que exista discriminación indirecta, es necesario que una norma aparentemente neutra ocasione un perjuicio significativo a un grupo mayoritariamente femenino sin justificación objetiva

zonas marinas

El Tribunal General respalda la prohibición de artes de fondo en zonas con ecosistemas marinos vulnerables

by | Jun 12, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El TG desestima recursos de España y asociaciones contra la prohibición de artes de fondo en zonas con ecosistemas marinos vulnerables.

deber de independencia

Anuladas las multas a Deloitte por vulneración del deber de independencia

by | Jun 12, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El proceso de segregación y salida a Bolsa de Bankia fue seguido de forma continua por el Banco de España y la CNMV. Lo que refuerza la inexistencia de vulneraciones de las normas de auditoría.