<

El TSJPV reconoce derecho a indemnización adicional por daños y perjuicios en despido improcedente

La Sala de lo Social del TSJPV determina una compensación adicional por daños y perjuicios sufridos por un despido improcedente, al considerar que la compensación tasada por ley es insuficiente. STSJPV de 23 de abril. La sentencia del TSJPV confirma la resolución emitida por el Juzgado de lo Social de Eibar, que declaró improcedente el […]

Publicado: 6 de mayo de 2024

La Sala de lo Social del TSJPV determina una compensación adicional por daños y perjuicios sufridos por un despido improcedente, al considerar que la compensación tasada por ley es insuficiente. STSJPV de 23 de abril.

La sentencia del TSJPV confirma la resolución emitida por el Juzgado de lo Social de Eibar, que declaró improcedente el despido del trabajador. La resolución condenó al Ayuntamiento de Oñati abonar una indemnización de 493,49 euros, además de una compensación adicional de 30.000 euros por daños y perjuicios.

El consistorio de Oñati solicitó la revocación de la sentencia y que se reconociera únicamente el derecho a la indemnización por despido improcedente por ley. Sin embargo, el TSJPV rechazó esta pretensión, citando doctrina autonómica y preceptos internacionales que respaldan la adecuación de la indemnización al daño sufrido por el trabajador.

Circunstancias del caso y resolución

El trabajador, con un contrato indefinido en una empresa, aceptó una oferta de trabajo del Ayuntamiento de Oñati con una duración mínima de un año. Sin embargo, tras comenzar la prestación, se le comunicó verbalmente que había habido un error en la contratación y que su último día de trabajo era el 30 de abril de 2023 (tan sólo a 1 mes desde la contratación). Ante esta situación, el TSJPV consideró que la indemnización tasada no era adecuada al daño sufrido por el trabajador.

El artículo 56 ET establece una indemnización de treinta y tres días de salario por año de servicio, prorrateándose los inferiores a un año. En el caso, al haber trabajado durante sólo un mes, la indemnización correspondiente por ley no cubre los daños producidos al trabajador.

Señala además que la mera comunicación verbal de un error en el contrato no justifica el daño provocado al trabajador. 

«La expectativa de un trabajo de un año, que motivó la extinción del contrato anterior, y que de haberse cumplido no habría derecho a la indemnización del art. 56 ET, ello debe suponer el daño reparable que la norma contenida en el art 24 de la CSE delimita como una indemnización adecuada o una reparación apropiada, y es que el elemento esencial que nos encontramos es la inexistencia de una mínima respuesta justificatoria al trabajador sobre la causa de extinción, pues no es de recibo la referencia verbal a un error».

Se le concede una indemnización de los salarios que hubiera percibido durante el año de contratación pactado inicialmente de no haber ocurrido el despido improcedente.

La sentencia emitida por el TSJPV no es firme y cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

 

Fuente: CGPJ

Últimas entradas publicadas

contratación pública

El BOE actualiza los umbrales de contratación pública desde 2026

by | Dic 26, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Se publica en el BOE la Orden que actualiza los umbrales de contratación pública para el próximo año 2026.

derecho de huelga

Derecho de huelga: el Supremo desestima la demanda contra Renfe

by | Dic 26, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Supremo declara que los correos y SMS enviados por Renfe antes de la huelga no vulneraron el derecho de huelga ni la libertad sindical

presunción de inocencia

Acción de adición en la liquidación de gananciales

by | Dic 26, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Acción de adición en la liquidación de gananciales | El Tribunal Supremo avala su aplicación tras una omisión

ONU

La Audiencia Nacional avala la extradición de un exdirectivo de la ONU

by | Dic 26, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La Audiencia Nacional confirma el auto de extradición a Estados Unidos de un exdirectivo de la ONU por sobornos y desviación de fondos.

situaciones de vulnerabilidad

El Gobierno prorroga medidas sociales para situaciones de vulnerabilidad

by | Dic 24, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Se ha publicado en el BOE el Real Decreto 16/2025, en materia de prórroga de medidas sociales y situaciones de vulnerabilidad.

Pensión de viudedad a una mujer

Desistimiento unilateral del contrato en arrendamientos sin cláusula expresa

by | Dic 24, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo modera la indemnización por desistimiento anticipado en un arrendamiento de local El Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, ha dictado una sentencia...