<

Facultades tutelares a una abuela respecto a su nieta

La Audiencia Provincial de A Coruña ha otorgado facultades tutelares a una abuela sobre su nieta de seis años, manteniendo la guarda de hecho que ya poseía

Publicado: 21 de diciembre de 2023

La Audiencia Provincial de A Coruña ha otorgado facultades tutelares a una abuela sobre su nieta de seis años, manteniendo la guarda de hecho que ya poseía. Esta decisión responde a un recurso de apelación de la abuela contra una sentencia previa y excluye un régimen de visitas para la madre de la niña.

Origen del caso

La medida se fundamenta en el estado de salud de la madre, diagnosticada con trastorno bipolar, trastorno límite de personalidad y toxicomanía, lo que la incapacita para cuidar adecuadamente de su hija. La situación es similar a la vivida con otro hijo de la madre, cuya custodia también fue otorgada a la abuela.

En mayo de 2023, el Juzgado de Primera Instancia desestimó la demanda de la abuela, quien pedía la guarda y custodia de la nieta. La abuela recurrió la decisión, apelando que la sentencia del Tribunal Supremo permite regularizar la guarda de hecho de un menor cuando beneficia su interés.

Argumentación de la abuela de la menor en favor de las facultades tutelares

Argumentos de la Apelación:

  • La abuela argumenta que debido a las condiciones de salud de la madre de XXX y su incapacidad para cuidar a la menor, es en el mejor interés de XXX que ella tenga la custodia.
  • Cita jurisprudencia que apoya la regularización de la guarda de hecho y la protección del interés superior del menor.

En 2020, la madre solicitó apoyo a su madre para el cuidado de la niña, otorgándole poder notarial para asuntos educativos y sanitarios. Desde entonces, la abuela ha cuidado de ambos nietos, sin contacto de estos con su madre. Aunque la madre aún conserva la patria potestad, se contempla la posibilidad de su suspensión o privación.

Decisión del tribunal en virtud del artículo 237 del Código Civil

La decisión se basa en el artículo 237 del Código Civil, priorizando el interés superior de la menor. La niña, ahora en un entorno familiar estable con su abuela y hermano, recibe atención adecuada, contribuyendo a su desarrollo positivo. La sentencia considera que la madre no está en condiciones de llevar a cabo un régimen de visitas.

Esta sentencia no es definitiva y puede ser objeto de recurso de casación ante el Tribunal Supremo. La prioridad del fallo es el bienestar y desarrollo saludable de la menor en un ambiente familiar seguro.

Últimas entradas publicadas

carburantes

Aprobado el nuevo sistema de garantías e ingreso del IVA en carburantes

by | Dic 22, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El BOE ha publicado hoy tres órdenes ministeriales referidas a la configuración del IVA respecto a determinados tipos de carburante.

restringir la competencia

Cinco millones de sanción a UFD por restringir la competencia

by | Dic 22, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

UFD, del Grupo Naturgy, recibe una sanción de la CNMC por restringir la competencia en el mercado eléctrico al bloquear a operadores independientes

negocio jurídico

TS | Acreditación del negocio jurídico en ganancias patrimoniales no justificadas

by | Dic 22, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Supremo se pronuncia en dos sentencias en relación a la acreditación del negocio jurídico en caso de ganancia patrimonial no justificada.

sanciones deportivas

El TJUE defiende el control judicial sobre sanciones deportivas ilegales

by | Dic 22, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Abogado General afirma que los tribunales deben poder anular sanciones deportivas ilegales para garantizar la tutela judicial efectiva

entrega libros

El TJUE examina tarifas entrega libros y la libre circulación de mercancías

by | Dic 19, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El TJUE examina una cuestión prejudicial en materia de tarifas mínimas para entrega a domicilio de libros y la libre circulación de mercancías.

perspectiva de género

El TSJ canario reconoce el paro desde la perspectiva de género

by | Dic 19, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El TSJ canario reconoce la prestación por desempleo a una empleada de hogar aplicando la perspectiva de género y la primacía del Derecho europeo