<

Los anejos a la vivienda no afectan al ingreso mínimo vital

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco confirma la sentencia sobre el ingreso mínimo vital y la consideración de patrimonio.

Publicado: 31 de marzo de 2025

El TSJPV rechaza el criterio del INSS sobre los anejos de vivienda en el ingreso mínimo vital.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Social número 9 de Bilbao, que revocó la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social que obligaba a una beneficiaria del Ingreso Mínimo Vital a devolver la prestación. La razón de dicha revocación radica en que el INSS consideró el garaje y el trastero de la beneficiaria como patrimonio adicional a su vivienda habitual, lo que hizo que superara el umbral patrimonial permitido.

El TSJPV desestima este criterio del INSS y sostiene que los anejos de la vivienda habitual, como garajes y trasteros, deben considerarse parte de la misma y no computarse como patrimonio diferenciado.

Fundamentos de la resolución

La controversia surgió cuando el INSS, en 2022, exigió la devolución de 3.289,51 euros, correspondientes a la prestación percibida entre mayo y noviembre de 2021. La justificación fue que la beneficiaria había superado el límite patrimonial permitido al incluir en el cálculo un garaje y un trastero de su propiedad.

El Juzgado de lo Social número 9 de Bilbao falló a favor de la demandante, argumentando que los anejos están vinculados inseparablemente a la vivienda. Por tanto, no deben considerarse activos independientes para calcular el patrimonio del solicitante del IMV.

Ante este pronunciamiento, el INSS recurrió ante el TSJPV alegando que la norma que regula el IMV no define con precisión el concepto de «vivienda habitual» y que, en su interpretación, solo debería incluirse la finca urbana principal, sin anejos.

El tribunal vasco rechazó esta interpretación, señalando que la Ley de Propiedad Horizontal refuerza la idea de que los anejos forman parte de la vivienda. Además, el propio texto legal del IMV no distingue entre la vivienda y sus anexos.

El criterio del TSJPV

El TSJPV destaca que la finalidad del IMV es atender situaciones de vulnerabilidad económica. La interpretación del INSS contravendría este objetivo al penalizar a quien, a pesar de contar con garaje y trastero, no tienen más recursos. En este sentido, el tribunal se apoya en los artículos 1, 2 y 3 de la Ley 19/2021, que regulan el IMV, señalando que la norma excluye la vivienda habitual del cálculo del patrimonio sin especificar distinciones.

En su resolución, el TSJPV enfatiza que «la norma no hace distinción alguna» entre vivienda y anejos, por lo que tampoco debe hacerlo la interpretación. Además, insiste en que la aplicación del IMV debe ajustarse a la realidad social y al contexto legislativo, evitando criterios restrictivos que desnaturalicen el propósito.

Fuente: CGPJ.

Últimas entradas publicadas

empleo público

Igualdad retributiva y daño moral en el empleo público

by | Nov 4, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Sentencia del Supremo en materia de cuantificación del daño moral por vulneración del derecho a la igualdad retributiva en el empleo público.

proceso de jurado

Desarrollo del proceso de jurado y la imparcialidad del magistrado

by | Nov 4, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El primer motivo del recurso alegaba que el juicio oral no fue grabado digitalmente, lo que habría comprometido el derecho a un recurso efectivo

Guns N´Roses

El TSXG exime al Concello de Vigo de indemnizar a la promotora del concierto de Guns N’ Roses

by | Nov 4, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El TSXG ha revocado la decisión inicial de indemnizar a la productora de Guns N´Roses con 1 millón y medio de euros.

niveles de ruido

Control de los niveles de ruido en navidad

by | Nov 4, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La afectada denunció que los niveles de ruido navideño superaban los límites legales en el interior de su vivienda

doble apelación

La doble apelación y el Subtipo privilegiado del artículo 368.2 CP

by | Nov 3, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Número Sentencia: 21848/2025. Número Recurso: 22140/2024. TOL10.715.789 El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por un condenado por...

Tribunales de Instancia

El CGPJ insta a reforzar la implantación de los Tribunales de Instancia

by | Nov 3, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Consejo General del Poder Judicial se ha pronunciado sobre los pasos a seguir para la instauración de los Tribunales de Instancia.