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La Audiencia de Sevilla recurre al TJUE por el caso ERE

La Audiencia de Sevilla plantea una cuestión prejudicial ante el TJUE en el caso ERE por conflictos entre las sentencias del TC y la UE.

Publicado: 16 de julio de 2025

Planteamiento de una cuestión prejudicial por dudas sobre el Derecho de la UE en el caso ERE

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha acordado plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Surge tras las sentencias dictadas por el Tribunal Constitucional que estimaron parcialmente los recursos de amparo de ex altos cargos de la Junta de Andalucía. Entre ellos los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán, condenados por prevaricación y malversación en el denominado caso ERE.

Suspensión de la ejecución de las sentencias del TC

Mediante auto de 14 de julio, el tribunal ha ordenado suspender la ejecución de las sentencias del TC en relación con los acusados afectados por esta cuestión prejudicial, hasta que se resuelva por el TJUE. Los magistrados consideran esta suspensión imprescindible para evitar «un riesgo sistémico de impunidad futura en escenarios similares». Además, para salvaguardar los intereses financieros de la Unión Europea.

Fundamento legal del conflicto: primacía del Derecho europeo

El tribunal fundamenta su decisión en la posible colisión entre las sentencias del TC y el Derecho de la Unión Europea, así como la jurisprudencia del TJUE, especialmente en lo que se refiere al principio de primacía y a la Directiva (UE) 2017/1371, relativa a la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión. La Audiencia entiende que las resoluciones del TC podrían haber suplantado la función interpretativa del Tribunal Supremo, al redefinir elementos normativos de los delitos imputados y ordenar una retroacción procesal que podría culminar en pronunciamientos absolutorios.

Crítica a la doctrina del TC sobre legalidad penal

Los magistrados sostienen que la interpretación del TC sobre la legalidad penal, al desvincular la iniciativa legislativa presupuestaria de cualquier control jurídico, puede generar un espacio de impunidad. Esta interpretación excluiría del ámbito delictivo actuaciones presupuestarias fraudulentas realizadas en la fase prelegislativa, contraviniendo tanto el artículo 404 del Código Penal como la jurisprudencia del TJUE. En especial, la sentencia Euro Box Promotion (TJUE, 21/12/2021), que establece exigencias reforzadas de tutela frente a delitos contra los intereses financieros de la Unión.

Consecuencias institucionales y daño al control penal

La Audiencia alerta de que las resoluciones del TC imponen una exención de responsabilidad penal en favor de miembros del Gobierno autonómico, lo que vulnera los compromisos de España en materia de lucha contra la corrupción. La adopción de un estándar nacional de protección superior al europeo puede socavar la uniformidad del Derecho de la Unión en la materia, comprometer la confianza ciudadana y dificultar el control judicial sobre actos de gobierno que afecten al patrimonio público.

Contenido de las cuestiones prejudiciales planteadas

Finalmente, el tribunal formula cuatro preguntas al TJUE:

  • ¿La actuación del TC excede su función de control y vulnera la competencia jurisdiccional?
  • ¿La interpretación del marco presupuestario andaluz vulnera la normativa comunitaria?
  • ¿Esta práctica es contraria a las exigencias de lucha contra la corrupción y el fraude?
  • ¿Puede no aplicar una sentencia constitucional que contravenga el Derecho de la Unión, ejerciendo como juez europeo conforme al principio de primacía del Derecho comunitario?

Consultar resolución

  • TOL10.616.703 | Penal | Audiencia Provincial de Sevilla | Fecha: 14/07/2025 | REC: 45/2025 | RES: 657/2025

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