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Modificaciones y novedades del Real Decreto 86/2025

Real Decreto 86/2025, de 11 de febrero, de evaluación y acreditación de las competencias básicas adquiridas por experiencia laboral, por vías no formales de formación y aprendizajes informales

Publicado: 12 de febrero de 2025

Se aprueba de forma definitiva el Real Decreto 86/2025, de 11 de febrero, que establece el procedimiento para la evaluación y acreditación de las competencias básicas adquiridas por experiencia laboral, a través de vías no formales de formación y por aprendizajes informales. La norma tiene como finalidad principal facilitar el retorno a la formación de las personas adultas con bajo nivel competencial y mejorar su empleabilidad

La norma consta de:

  • 24 artículos, distribuidos en 6 capítulos,
  • 5 disposiciones adicionales,
  • 1 disposición transitoria,
  • 1 disposición derogatoria,
  • y 3 disposiciones finales.

Real Decreto 86/2025 | Modificaciones más relevantes en materia de evaluación y acreditación de competencias básicas

Marco de Referencia para la evaluación

Se definen los dominios y niveles competenciales de las tres competencias básicas (comunicación en lengua castellana, competencia matemática y competencia digital) que serán objeto de evaluación y acreditación. Este Marco de Referencia sirve de base para el reconocimiento oficial de las habilidades adquiridas fuera de la educación reglada.

Procedimiento abierto y permanente

El Real Decreto contempla un procedimiento continuo, sin necesidad de convocatorias anuales.

  1. Solicitud: se solicita la inscripción en los centros o entidades designados.
  2. Evaluación: se comprueban, mediante entrevistas, pruebas o análisis de evidencias, las competencias alegadas por la persona interesada.
  3. Acreditación: tras la propuesta de resolución, se expide un certificado oficial que reconoce el nivel de competencia acreditado.

Acceso y equidad territorial

El texto garantiza la igualdad de oportunidades y la accesibilidad universal, así como la atención a las personas con discapacidad o en riesgo de exclusión. En caso de que no se puedan ofrecer todas las fases del procedimiento en un determinado ámbito geográfico, se establece la remisión a centros habilitados que aseguren la cercanía al domicilio de la persona interesada.

Equipo evaluador y custodia de datos

  • Se constituyen equipos de evaluación formados principalmente por profesionales de la educación de personas adultas y de la Formación Profesional.
  • Se regula la protección de datos personales y la obligación de custodiar los expedientes y acreditaciones, de acuerdo con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

Principales novedades del procedimiento y efectos en la Formación Profesional del Real Decreto 86/2025

Itinerarios personalizados. El reconocimiento de las competencias básicas posibilita itinerarios formativos adaptados. Esto facilita el acceso a formaciones de mayor nivel, especialmente en la Formación Profesional, ofreciendo una segunda oportunidad formativa a quienes no reunían los requisitos académicos de acceso.

Uso y efectos de las acreditaciones. Se prevén exenciones parciales en las pruebas de acceso a la FP de Grados C (certificados profesionales) y Grados D (ciclos formativos de grado medio o superior).

Las personas que cursan formación modular y acrediten las competencias exigidas podrán optar al correspondiente título o certificado.

Marco de coordinación. Las administraciones competentes deben establecer un sistema de información y orientación previo y durante el procedimiento, así como mecanismos de colaboración con agentes sociales y entidades de la sociedad civil para la identificación y captación de posibles candidatos.

Actualización del Marco de Referencia. Se contempla que el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y las comunidades autónomas puedan ir ajustando los contenidos del Marco de Referencia para adecuarlo a los cambios en las demandas tecnológicas, sociales o del mercado laboral.

Entrada en vigor del Real Decreto 86/2025 sobre evaluación y acreditación de competencias básicas

La norma entra en vigor a los veinte días de su publicación en el BOE. No obstante, las administraciones competentes contarán con el tiempo necesario para su implantación en los centros y entidades autorizadas. De este modo, se busca garantizar la difusión y puesta en marcha progresiva del nuevo procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias básicas en todo el territorio.

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