<

Nombre de Pablo Escobar como marca de la Unión

El Tribunal General de la Unión Europea ha confirmado la decisión de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de no registrar el nombre de Pablo Escobar como marca de la Unión para una variedad de productos y servicios, propuesta por Escobar Inc., una sociedad con domicilio social en Puerto Rico. La […]

Publicado: 18 de abril de 2024

El Tribunal General de la Unión Europea ha confirmado la decisión de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de no registrar el nombre de Pablo Escobar como marca de la Unión para una variedad de productos y servicios, propuesta por Escobar Inc., una sociedad con domicilio social en Puerto Rico. La EUIPO había denegado el registro argumentando que el nombre está asociado con el tráfico de drogas y el narcoterrorismo. Percepciones ampliamente sostenidas especialmente en España debido a los estrechos vínculos entre este país y Colombia.

Nombre de Pablo Escobar

El tribunal rechazó los argumentos de la compañía, que sostenían una infracción del Artículo 7(1)(f) del Reglamento 2017/1001. El cual trata sobre la no contrariedad al orden público y los principios morales aceptados. La apelación argumentaba que la EUIPO había interpretado este artículo de manera demasiado liberal. Y sin considerar si la mayoría del público español percibiría la marca como inmoral. Además, el solicitante comparó el nombre de Pablo Escobar con figuras como Robin Hood, Al Capone, o Che Guevara. Cuyos nombres se han registrado como marcas a pesar de su asociación con actos delictivos, debido a su estatus mítico en la cultura popular.

Artículo 7(1)(f) | Tribunal General

La imagen de narcotraficante y narcoterrorista oscurecen cualquier interpretación positiva del nombre de Pablo Escobar como marca de la Unión

Sin embargo, el Tribunal General sostuvo que, en el contexto de Pablo Escobar, la percepción predominante es la de un narcotraficante y narcoterrorista. Y estos aspectos oscurecen cualquier interpretación positiva de sus acciones, como las donaciones a los pobres en Colombia. Además, el tribunal refutó la comparación con personajes como Robin Hood. El Tribunal indicó que, a diferencia de estos, la figura de Escobar está ligada a crímenes y sufrimientos concretos y extensos, más que a acciones míticas o arquetípicas.

Adicionalmente, el Tribunal General consideró que, al evaluar la pertinencia de registrar una marca bajo los principios del Artículo 7(1)(f), es crucial considerar la percepción actual del público. En este sentido, la EUIPO había actuado correctamente al basarse en la percepción del público español. Se asocia principalmente a Escobar con actividades ilícitas y violencia.

Decisión | El nombre Pablo Escobar no puede registrarse como marca de la Unión

La decisión subrayó que los valores universales de la Unión Europea, incluyendo la dignidad humana, la libertad, la igualdad, y el respeto a la ley, no se alinean con las actividades conocidas de Pablo Escobar. Por lo tanto, se confirmó que registrar su nombre como marca comercial sería contrario a estos principios y perjudicial para el orden público y las buenas costumbres. Además, se mencionó que no se había vulnerado el derecho a la presunción de inocencia de Escobar. Ya que, aunque nunca condenado penalmente, su imagen pública como símbolo de delincuencia organizada está bien establecida.

Últimas entradas publicadas

derecho penal sustantivo

El recurso de casación penal y los límites del derecho penal sustantivo

by | Dic 31, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Estudio de la doctrina del Tribunal Supremo sobre el derecho penal sustantivo y su tratamiento en el recurso de casación penal

repartirse contratos

Agencias sancionadas por repartirse contratos públicos de viajes

by | Dic 31, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La CNMC multa a cuatro agencias de viajes por repartirse contratos del Banco de España y la Universidad Complutense, y les prohíbe contratar con la Administración

animales equipaje

Asunto C-218/24: Los animales de compañía forman parte del «equipaje»

by | Dic 31, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El TJUE resuelve el asunto C-218/2024, en relación a los animales de compañía y su consideración como parte del «equipaje».

Delito contra la seguridad vial

No sujeción a TPO de la reserva de aparcamiento para carga y descarga

by | Dic 31, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo se pronuncia sobre la no sujeción a TPO de las autorizaciones para el aparcamiento en carga y descarga.

rebus sic stantibus

La cláusula rebus sic stantibus no justifica reducir la renta

by | Dic 30, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Supremo aclara que la cláusula rebus sic stantibus exige una prueba concreta del perjuicio y no legitima por sí sola la reducción de la renta

sanciones administrativas

Alcance de los jueces al revisar sanciones administrativas | Tribunal Constitucional

by | Dic 30, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

No pueden introducirse agravantes no motivados por la Administración al revisar sanciones administrativas, anula la expulsión por este motivo