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Pasar la ITV a tiempo, aunque se encuentre el coche en el taller o estacionado correctamente a la espera de la pertinente cita

En una reciente sentencia, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº1 de Pamplona ha estimado el recurso de un hombre sancionado por no pasar la ITV en su debido tiempo. Hechos probados Sanciones de 200 euros por no pasar la ITV conforme al Reglamento General de Circulación El caso legal en cuestión se centra en […]

Publicado: 29 de febrero de 2024

En una reciente sentencia, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº1 de Pamplona ha estimado el recurso de un hombre sancionado por no pasar la ITV en su debido tiempo.

Hechos probados

Sanciones de 200 euros por no pasar la ITV conforme al Reglamento General de Circulación

El caso legal en cuestión se centra en la disputa entre conductores y la Dirección General de Tráfico respecto a las multas impuestas por no tener la Inspección Técnica de Vehículos actualizada. Los antecedentes se remontan a una demanda de recurso contencioso administrativo interpuesta por un demandante, contra las resoluciones desestimatorias de recursos de reposición por sanciones de tráfico emitidas por el Jefe Provincial de Tráfico de Navarra. Estas sanciones, ascendiendo a 200 euros cada una. Y las impusieron debido a la no realización de la ITV conforme al artículo 10.1 del Reglamento General de Circulación.

El proceso legal avanzó con la admisión de la demanda a trámite. Los fundamentos de derecho giraron en torno a la legalidad de las sanciones impuestas. Se debatió si era adecuado sancionar al demandante cuando su vehículo, en reparación y por ende fuera de su posesión, no pudo pasar la ITV. Se cuestionó la aplicabilidad de los principios de culpabilidad, legalidad y tipicidad, concluyendo que el demandante estaba imposibilitado para cumplir con la obligación de la ITV.  De este modo, el juzgado aplicó el principio «in dubio pro reo» y estimando el recurso.

Fallo de la sentencia

Estimación del recurso pues «estaba imposibilitado de cumplir con la obligación de “pasar la ITV” en la fecha correspondientes»

El fallo resultante fue la estimación del recurso contencioso administrativo, anulando las sanciones impuestas y la imposición de costas procesales a la parte demandada. Este veredicto se alinea con otras decisiones judiciales. En estas se cancelaron multas por circunstancias excepcionales que impidieron a los propietarios cumplir con la ITV.

La discrecionalidad reconocida por la DGT en estas situaciones indica una preferencia por disputar las multas en lugar de optar por el pago reducido por «pronto pago», destacando preguntas sobre la equidad y razonabilidad de estas medidas en circunstancias fuera del control del propietario.

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