El Tribunal Superior de Justicia de Madrid condena a la Mutua de Zara a pagar una condena de 40.000 euros por otorgar la prestación por riesgo durante el embarazo «anticipadamente».
La sentencia impone una multa de 40.000 euros a la Mutua. Se enmarca en un contexto donde se ha cuestionado la diligencia en la supervisión y gestión de dichas prestaciones, especialmente durante la pandemia de COVID-19.
Origen del caso | Prestación por riesgo durante el embarazo
Otorgar anticipadamente las prestaciones
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) denunció a la Mutua por otorgar anticipadamente la prestación por riesgo durante el embarazo a empleadas de Zara. Antes de que se materializaran los riesgos según las evaluaciones y la normativa aplicable. Aausando un perjuicio económico al Patrimonio de la Seguridad Social valorado en 130.435,41 euros. El Director General de Ordenación de la Seguridad Social consideró esta acción como una infracción grave, por lo que dictó, inicialmente, una sanción de 60.000 euros.
Prestación por riesgo durante el embarazo | Responsabilidad de la empresa determinar la posibilidad de adaptar o reubicar a las empleadas
La Mutua argumentó, en su defensa, la falta de responsabilidad en la evaluación de riesgos del embarazo de las trabajadoras. Alegando que era deber de Zara determinar la posibilidad de adaptar o reubicar a las empleadas. Sin embargo, el análisis del Tribunal Superior desglosó la situación en varios ejes fundamentales, entre ellos:
- la carga de la prueba,
- las obligaciones y responsabilidades de las Mutuas,
- la evaluación y gestión de riesgos laborales,
- y la interpretación normativa.
En particular, se subrayó la necesidad de una evaluación específica de riesgos laborales para las trabajadoras embarazadas. Y se criticó la falta de una supervisión adecuada por parte de la Mutua. A pesar de reconocer las complicaciones inherentes a la gestión de este tipo de prestaciones durante el periodo excepcional de la pandemia, el tribunal recalca la importancia de adherirse a las normativas legales y de una supervisión efectiva por parte de las entidades gestoras.
Fallo del tribunal | Moderación de la cuantía
Finalmente, el fallo del tribunal moderó la sanción inicial a 40.000 euros. Destacando las implicaciones de una gestión deficiente no solo en términos económicos sino también en lo que respecta a la protección de la salud laboral de las trabajadoras embarazadas. Esta decisión subraya el papel crucial de las Mutuas en el sistema de seguridad social y la necesidad de que cumplan rigurosamente con sus obligaciones legales para asegurar el bienestar de los beneficiarios, reafirmando la importancia de una gestión prudente y conforme a la ley en la administración de la prestación por riesgo durante el embarazo.