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Regulación húngara de productos agrarios declarada contraria al Derecho de la Unión

La normativa húngara de regulación de productos agrarios durante la pandemia es contraria al Derecho de la Unión. Asunto C-557/23. El TJUE ha declarado contraria al Derecho de la Unión la normativa húngara que regulaba la venta de productos agrarios durante la pandemia. En el contexto de la pandemia de COVID-19, Hungría implementó un decreto […]

Publicado: 13 de septiembre de 2024

La normativa húngara de regulación de productos agrarios durante la pandemia es contraria al Derecho de la Unión. Asunto C-557/23.

El TJUE ha declarado contraria al Derecho de la Unión la normativa húngara que regulaba la venta de productos agrarios durante la pandemia.

En el contexto de la pandemia de COVID-19, Hungría implementó un decreto gubernamental que regulaba la comercialización de varios productos básicos como azúcar, harina de trigo, aceite de girasol, carne de porcino y aves de corral, entre otros. Esta regulación obligaba a los distribuidores a vender dichos productos a un precio autorizado y en una cantidad preestablecida. El decreto se modificó en noviembre de 2022 para incluir huevos y patatas, y estuvo vigente hasta el 31 de julio de 2023. El objetivo del decreto era asegurar el suministro de alimentos básicos a precios accesibles, justificándose en la crisis económica provocada por la pandemia.

El conflicto que surgió con la normativa húngara llegó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea debido a la denuncia interpuesta por el distribuidor SPAR Magyarország, quien fue sancionado por no cumplir con las exigencias de cantidades establecidas en el decreto. La empresa cuestionó la legalidad de la norma ante el Tribunal General de Szeged, que a su vez solicitó al TJUE una interpretación sobre la compatibilidad de dicha regulación con el Reglamento OCM (Organización Común de Mercados de productos agrarios).

El Reglamento OCM, como parte del Derecho de la Unión Europea, regula el mercado de productos agrícolas con el objetivo de garantizar la libre competencia y la libre fijación de precios, aspectos clave para el correcto funcionamiento del mercado único. En este sentido, el decreto húngaro levantó suspicacias por su potencial vulneración de estos principios.

Argumentos del Gobierno húngaro y su rechazo

El gobierno húngaro defendió su decreto argumentando que las medidas se habían adoptado para combatir la inflación y proteger a los consumidores más vulnerables. Justificaron que el decreto permitía garantizar el suministro de productos básicos a precios asequibles, algo necesario en un contexto económico marcado por la pandemia.

No obstante, el TJUE determinó que, aunque los objetivos del decreto podrían considerarse legítimos, las medidas impuestas no eran proporcionadas. Según el Tribunal, existían otros mecanismos menos restrictivos para alcanzar los mismos fines, sin necesidad de afectar a los principios de la libre competencia y la libre fijación de precios.

Decisión del Tribunal de Justicia

En su fallo, el TJUE concluyó que la normativa impuesta por Hungría era contraria al Derecho de la Unión, en particular al Reglamento OCM. El Tribunal consideró que la obligación de vender productos a precios autorizados y en cantidades predefinidas limitaba de manera injustificada la libertad de los distribuidores para fijar los precios de venta y decidir las cantidades disponibles en función de las condiciones del mercado.

El Tribunal indicó que estas restricciones eran una vulneración clara del principio de libre competencia, componente esencial del Reglamento OCM. Además, subrayó que estas restricciones afectaban negativamente no solo a los distribuidores, sino también al conjunto de la cadena de suministro, causando perturbaciones en el mercado.

Hungría deberá adaptar sus políticas para alinearse con el fallo del TJUE. Esta sentencia también podría tener implicaciones para otros Estados miembros que, ante situaciones de crisis, estén considerando la implementación de medidas similares.

 

Fuente: CURIA.

 

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