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TJUE: Las becas Erasmus+ no deben penalizar fiscalmente

El TJUE resuelve una cuestión prejudicial en materia de las deducciones fiscales relacionadas con becas Erasmus+.

Publicado: 21 de enero de 2025

En una reciente sentencia, se ha establecido que las becas Erasmus+ no deben afectar negativamente a las rentas de los padres de los estudiantes. Asunto C-277/23.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado que incluir las ayudas o becas Erasmus+ en el cálculo del impuesto sobre la renta de un progenitor vulnera el Derecho de la Unión. La sentencia responde a un caso originado en Croacia, donde la administración tributaria eliminó la deducción fiscal por hijo a cargo de una madre. La administración alegó que la beca de movilidad de su hijo incrementaba los ingresos familiares.

El tribunal croata, al albergar dudas acerca de la aplicación de la deducción fiscal, planteó una cuestión prejudicial ante el TJUE.

Pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea

El TJUE concluyó que esta práctica representa una restricción al derecho de libre circulación, garantizado por el artículo 21 del Tratado de Funcionamiento UE. Además, considera que las ayudas Erasmus+ están diseñadas para cubrir los costos específicos de la movilidad educativa. Por ello, no deben considerarse como ingresos que afecten la capacidad contributiva de las familias.

Según establece el TJUE:

«Los artículos 20 TFUE y 21 TFUE, en relación con el artículo 165 TFUE, apartado 2, segundo guion, deben interpretarse en el sentido de que se oponen a la normativa de un Estado miembro que, para determinar la cuantía de la deducción de base de carácter personal a la que tiene derecho un progenitor contribuyente por hijo a cargo, tiene en cuenta la ayuda a la movilidad por motivos de aprendizaje de la que ha disfrutado el hijo en el marco del programa Erasmus +, con la consecuencia, en su caso, de la pérdida del derecho a incrementar dicha deducción al calcular el impuesto sobre la renta.»

La sentencia obliga a los Estados miembros a revisar sus normativas fiscales para evitar que programas como Erasmus+ se conviertan en un obstáculo para la movilidad educativa. Pretende reforzar la primacía del Derecho de la Unión y proteger tanto a los beneficiarios de las ayudas como a sus familias frente a cargas fiscales injustas.

 

Fuente: CURIA.

 

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