<

TS | Devengo del ISD en casos de reconocimiento de filiación postmortem

El TS establece el momento de devengo del ISD en casos en los que se declare mediante sentencia firme la afiliación postmortem.

Publicado: 2 de abril de 2024

El ISD se devenga en el momento de fallecimiento del causante, incluso aunque se reconozca posteriormente la filiación. [TOL9.905.845]

Recientemente, el Tribunal Supremo ha establecido en una sentencia el momento de devengo del ISD cuando se adquiere la condición de heredero forzoso en consecuencia del reconocimiento de una filiación postmortem mediante una sentencia firme.

El Supremo establece que el momento de devengo del ISD es el fallecimiento del causante. No es la fecha de la sentencia que declara la filiación postmortem. El tribunal considera que la adquisición de la condición de heredero forzoso, derivada del reconocimiento de filiación por sentencia firme posterior al deceso del progenitor, no limita la adquisición del derecho a la herencia.

Distinción entre efectos fiscales y civiles del fallecimiento

El TS distingue entre los efectos fiscales y civiles del fallecimiento del causante, argumentando que, mientras que la sucesión se abre con la muerte del causante según el Código Civil, la adquisición de bienes y derechos hereditarios se produce con la aceptación de la herencia. No obstante, a efectos de tributar en ISD, la adquisición se entiende producida con el fallecimiento del causante, independientemente de la aceptación.

Pronunciamiento del tribunal y normas tributarias

A pesar de las disposiciones en la Ley del ISD y su Reglamento que permiten el devengo en un momento posterior en casos de condiciones o términos en el título transmisivo, el Tribunal argumenta que el reconocimiento de filiación postmortem no constituye una limitación que posibilite la adquisición posterior de la herencia. Los preceptos están pensados para pactos entre partes que condicionan la adquisición de la propiedad sobre los bienes, cosa que no ocurre en el caso. El Tribunal examina la adquisición de la condición de heredero forzoso tras la sentencia firme de filiación.

Según el tribunal «la filiación produce sus efectos desde que tiene lugar, retrotrayendo sus efectos al momento del fallecimiento del causante, y ello pese a que la sentencia que declare la filiación sea posterior».

En el caso, además, se aceptó la herencia antes del momento de fallecimiento del causante, a pesar de no estar reconocida la filiación. Por lo tanto, el impuesto de sucesiones se devengó en la fecha de fallecimiento, no en la fecha de la sentencia de filiación.

El Supremo da por resuelta la cuestión con interés casacional planteada. Así, establece que el momento de devengo de ISD se produce en el momento de fallecimiento, no en el reconocimiento de la filiación.

Últimas entradas publicadas

Límites de la norma general antielusión

Límites de la norma general antielusión: el Tribunal Supremo refuerza las garantías del artículo 15 LGT

by | May 20, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Este pronunciamiento consolida la idea de que toda actuación administrativa basada en una reconfiguración del sujeto pasivo o del hecho imponible debe sujetarse al procedimiento legalmente previsto en la norma general antielusión

fianza

La fianza judicial no basta como atenuante

by | May 20, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La fianza no puede considerarse reparación del daño según la STS 401/2025. Descubre los detalles de esta resolución.

expulsión administrativa

El TSXG rechaza imponer multa tras anular expulsión administrativa

by | May 20, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Se reconoce la improcedencia de la medida de expulsión administrativa impuesta y la inexistencia de circunstancias que justificaran una sanción agravada.

convenio de empresa

Limitada la prioridad del convenio de empresa frente al convenio sectorial

by | May 20, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación y confirma que, desde el 1 de enero de 2022, deben aplicarse las condiciones del convenio sectorial de Guipúzcoa en el cálculo del precio/hora de la plantilla

extralimitación en el ejercicio del mando

Condena por extralimitación en el ejercicio del mando

by | May 19, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La conducta imputada se califica como una clara extralimitación en el ejercicio del mando, al imponer reptar en terreno embarrado y hostil, sometiendo a los subordinados a un trato degradante bajo el pretexto de restablecer la disciplina

convenio de empresa

TJUE | Pago diferido como oferta promocional

by | May 19, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El caso de bonprix y su resolución sobre qué constituye una oferta promocional en la normativa de comercio electrónico.