El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de cinco meses de prisión para un capitán del Ejército de Tierra por un delito contra la eficacia en el servicio. La condena se debe a las lesiones que sufrió un soldado durante una práctica de salto de agua. El incidente ocurrió cuando el entonces teniente ordenó a un soldado saltar desde una altura de casi 15 metros, en lugar de los 10 metros establecidos por el sargento primero, director de la práctica. El sargento primero había advertido que los alumnos no estaban capacitados para saltar desde mayor altura.
Además de la condena penal, el tribunal ha confirmado la responsabilidad civil del capitán. Deberá pagar una indemnización de 64.120 euros a la víctima por los daños sufridos. También se ha confirmado la responsabilidad civil directa de las compañías aseguradoras HDI GLOBAL SE y Caser Seguros, y la responsabilidad civil subsidiaria del Estado.
Hechos probados
Los hechos ocurrieron durante una práctica del XXXIX Curso de Buceador de Asalto el 21 de mayo de 2019, en el pantano del Grado, Huesca. El sargento primero decidió que los alumnos harían el primer salto desde 10 metros, explicándoles cómo ejecutarlo correctamente. Aunque todos los alumnos completaron el salto inicial sin incidentes, el sargento observó que muchos no habían saltado de manera adecuada. Por ello, decidió repetir el salto desde la misma altura para mejorar su experiencia.
Sin embargo, el teniente insistió en realizar el segundo salto desde una altura mayor, pese a la negativa del sargento primero, quien le recordó que él era el jefe de la práctica. El teniente, desatendiendo estas advertencias, llevó a los alumnos a una zona más alta y ordenó realizar el salto desde allí.
La zona elegida para el segundo salto presentaba mayor complejidad no solo por la altura, sino porque requería un fuerte impulso para ejecutarlo correctamente y tenía un saliente que dificultaba la visión tanto del saltador como del instructor. Esta situación hizo que muchos alumnos mostraran reticencia, aunque finalmente obedecieron.
Cinco meses de prisión a un capitán por las lesiones que sufrió un soldado en una práctica
Durante este salto, uno de los alumnos se desequilibró y sufrió una lesión lumbar al impactar contra el agua de forma incorrecta. Fue atendido por el servicio sanitario y trasladado al hospital, donde fue operado.
El Tribunal Supremo ha considerado que la conducta del teniente constituye una temeridad evidente. Ordenó el salto desatendiendo las advertencias del sargento primero sobre la falta de capacitación de los alumnos. El tribunal destaca que el resultado lesivo era previsible y evitable. No había necesidad de realizar el salto desde esa altura, especialmente cuando el salto planeado desde un helicóptero al día siguiente sería desde menos de 10 metros. De este modo, el Tribunal Supremo ha confirmado la condena de cinco meses de prisión para un capitán del Ejército de Tierra por un delito contra la eficacia en el servicio
Además, el tribunal subraya que la acción del teniente no solo fue imprudente, sino que también implicó poner en riesgo a terceros sin necesidad alguna. Desatendió las advertencias y ordenó el salto con una expresión despectiva hacia el sargento primero.