<

Doctrina de los actos propios | Devolución de comisiones bancarias

La sentencia confirma que la sociedad mercantil tiene derecho a reclamar la devolución de las comisiones, al no existir actos propios que impidan el ejercicio de su derecho

Publicado: 2 de julio de 2025

El Tribunal Supremo ha vuelto a pronunciarse sobre la doctrina de los actos propios, desestimando el recurso de casación presentado por una entidad bancaria. La sentencia confirma que la mera pasividad de un cliente ante el cobro de comisiones no equivale a una aceptación tácita, y por tanto, no impide su posterior reclamación.

Hechos probados

Comisiones bancarias y falta de servicios prestados

El conflicto se origina en varios contratos suscritos entre una sociedad mercantil y la entidad bancaria entre 1998 y 2009. En dichos contratos se incluyeron diversas comisiones, como las de devolución de efectos, por descubierto y por mantenimiento de cuentas. La sociedad mercantil abonó un total de 6.119,43 euros. Sin embargo, años después reclamó su devolución al considerar que esas comisiones no respondían a servicios efectivamente prestados.

Sentencias previas y argumentos basados en actos propios

El Juzgado de Primera Instancia desestimó inicialmente la demanda. Sin embargo, la Audiencia Provincial revocó dicha resolución, al entender que las comisiones eran contrarias a la normativa bancaria y que la reclamación no quedaba impedida por la doctrina de los actos propios.

Ante este fallo, la entidad bancaria acudió al Tribunal Supremo alegando que la sociedad, al no protestar en su momento y al permitir el cobro durante años, había incurrido en actos propios. Por lo que se generó una expectativa legítima de que no impugnaría dichas comisiones.

La interpretación del Supremo sobre los actos propios

El Tribunal Supremo rechaza esta interpretación. Recuerda que, para que se apliquen los actos propios, la conducta del afectado debe ser inequívoca y generar en la otra parte una confianza legítima y fundada. La mera inactividad o pasividad, como en este caso, no constituye un acto propio en sentido jurídico.

Además, el Alto Tribunal subraya que no consta que la sociedad mercantil realizara ningún acto concluyente, como trasladar esas comisiones a terceros, que pudiera interpretarse como aceptación tácita de las mismas.

Fallo del Tribunal Supremo

La sentencia confirma que la sociedad mercantil tiene derecho a reclamar la devolución de las comisiones, al no existir actos propios que impidan el ejercicio de su derecho. El Tribunal desestima el recurso de la entidad bancaria, ratifica la sentencia de la Audiencia Provincial y le impone las costas procesales.

Conclusión: los actos propios no se presumen

Esta sentencia del Tribunal Supremo aclara que la doctrina de los actos propios no puede aplicarse de forma automática ni basarse en la simple pasividad. Solo conductas claras, inequívocas y concluyentes pueden generar la confianza legítima que impida la posterior reclamación de derechos, como en este caso, la devolución de comisiones bancarias no justificadas.

Últimas entradas publicadas

El vencimiento anticipado no extingue la hipoteca

El vencimiento anticipado no extingue la hipoteca

by | Ago 21, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo consolida su doctrina sobre el vencimiento anticipado: la resolución contractual por impago no extingue la hipoteca, que permanece vigente como garantía del crédito vencido

fraude digital

Límites del derecho al secreto de las comunicaciones telefónicas

by | Ago 21, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal concluye que no se ha producido vulneración alguna del derecho al secreto de las comunicaciones telefónicas, ni del derecho a la presunción de inocencia

Complemento de peligrosidad

Complemento de peligrosidad a una trabajadora social municipal

by | Ago 21, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias reconoce parcialmente las pretensiones de la demandante. Confirma su derecho a recibir el complemento de peligrosidad, aunque limita su cuantía a 1.960 euros.

Doble adscripción de jueces

Doble adscripción de jueces, compatible con el Derecho de la Unión

by | Ago 20, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El TJUE establece que la doble adscripción de jueces, en tanto medida organizativa con fines funcionales y limitada en el tiempo, es compatible con los principios de independencia, imparcialidad y legalidad del juez establecido previamente por la ley

riesgos para la competencia

La competencia en la reforma contable para pymes

by | Ago 20, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha avalado el anteproyecto de ley que reduce las obligaciones contables para las pymes, concluyendo que no existen riesgos para la competencia derivados de la modificación normativa

El mínimo de percepción en la revisión anual de tarifas

Deducción por vivienda para progenitores no casados

by | Ago 20, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Un tribunal reconoce derechos para progenitores no casados en la deducción por vivienda habitual tras ruptura de pareja.