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El BOE publica modificaciones en los Modelos 030, 036 y 037

El Boletín Oficial del Estado ha publicado modificaciones en varios modelos tributarios: 030 y 036, y suprime el modelo 037.

Publicado: 10 de enero de 2025

El BOE del pasado día 9 de enero publicó modificaciones en varios modelos tributarios.

En el Boletín Oficial del Estado del 9 de enero de 2025, se ha publicado la Orden HAC/1526/2024, de 11 de diciembre, que introduce modificaciones significativas en los modelos fiscales 030 y 036, y suprime el modelo 037.

Entrada en vigor

La nueva norma entrará en vigor a partir del día 3 de febrero de 2025. Así, las modificaciones aplicarán a los modelos 030 y 036 presentados a partir de esa fecha.

Modificaciones en el Modelo 036

En primer lugar, estas son las modificaciones establecidas para el modelo de declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores.

Nueva obligación de información. La Ley 13/2023, de 24 de mayo, modificó la Ley General Tributaria estableciendo que las personas jurídicas o entidades deben comunicar a la Administración Tributaria la identificación de los titulares reales. En desarrollo de esta obligación, el Real Decreto 117/2024, de 30 de enero, ha introducido este requisito en el Censo de Obligados Tributarios.

Página 10 del Modelo 036. Para cumplir con la nueva obligación, se añade una página destinada a la identificación de los titulares reales de las personas jurídicas y entidades.

Rehabilitación del NIF. Se añade una nueva casilla para la solicitud de rehabilitación del Número de Identificación Fiscal (NIF) en caso de modificación en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

Entidades en proceso de liquidación. Se introduce una nueva casilla para que las entidades en proceso de liquidación puedan solicitar la rehabilitación del NIF.

Supresión del Modelo 037

En segundo lugar, el modelo de declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores.

La supresión del modelo 037 se justifica por los avances en la presentación electrónica y el desarrollo de nuevas herramientas que facilitan la asistencia al contribuyente. Las funcionalidades del modelo 037 se integran ahora en el modelo 036.

Modificaciones en el Modelo 030

Por último, el modelo de declaración censal de alta en el Censo de obligados
tributarios, cambio de domicilio y/o variación de datos personales.

Respecto al modelo 030, se sustituye el anexo de la Orden EHA/3695/2007, de 13 de diciembre, por el anexo II contenido en la orden publicada en el BOE del 9 de enero de 2025.

 

Finalmente, estas modificaciones pretenden modernizar y simplificar los trámites fiscales, adecuando los formularios a las nuevas normativas y facilitando el cumplimiento de las obligaciones tributarias, según establece la Orden.

Fuente: BOE.

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