<

El Supremo exime a los bares de pagar ITP por terrazas

El TS establece que la autorización para la explotación de terrazas en la vía pública no constituye un hecho imponible sujeto al ITP.

Publicado: 23 de enero de 2025

La posición del Tribunal Supremo sobre el pago de ITP por las terrazas en la vía pública.

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha establecido que la autorización municipal para la instalación y explotación de terrazas en la vía pública no constituye un hecho imponible sujeto al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas (ITP). Esta resolución se fundamenta en la interpretación del artículo 13. 2 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (TRITPAJD). Según el Supremo, no toda autorización para el aprovechamiento especial del dominio público genera un desplazamiento patrimonial sujeto a este tributo.

El tribunal enfatiza que la constatación de un desplazamiento patrimonial relevante para efectos fiscales requiere un análisis específico del contenido. Por ello, excluye la aplicación automática del ITP a las terrazas de establecimientos hosteleros.

Procedimiento administrativo y origen del litigio

El conflicto se originó cuando la Agencia Tributaria de Cataluña requirió la presentación de una autoliquidación del ITP por la instalación de la terraza. Pese a que la contribuyente manifestó que ya pagaba la tasa correspondiente por la ocupación de la vía, se inició un procedimiento de comprobación limitada. Dicho procedimiento culminó con una liquidación provisional, fechada el 12 de abril de 2019, que consideró que la autorización otorgada por el Ayuntamiento implicaba un aprovechamiento especial del dominio público gravable por el impuesto.

Desestimación del recurso de la Generalitat de Catalunya

En su fallo, el Supremo rechaza el recurso presentado por la Generalitat de Catalunya contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que previamente había avalado la decisión del Tribunal Económico-Administrativo Regional de estimar la reclamación de una contribuyente. Esta última había impugnado la liquidación de la Agencia Tributaria de Cataluña que pretendía aplicar el ITP a la terraza.

La Generalitat argumentó que la instalación de terrazas constituye un uso privativo del espacio público que encajaría en la definición de concesión administrativa, lo que generaría el hecho imponible del ITP. Sin embargo, el Tribunal Supremo establece que la mera existencia de una autorización para el uso especial del dominio público no equivale automáticamente a un desplazamiento patrimonial.

 

Fuente: CGPJ.

Últimas entradas publicadas

automatización altas y bajas

Automatización en altas y bajas laborales

by | Abr 22, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Implantación de resoluciones automatizadas en la Seguridad Social El 21 de abril de 2025 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Resolución de 9 de abril de 2025...

Baremos y criterios orientativos

Baremos y criterios orientativos en los honorarios de abogados

by | Abr 22, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La CNMC puede intervenir de oficio o a instancia de diversas instituciones, según la Ley 3/2013, de 4 de junio, para velar por la competencia en los mercados.

resistencia a la resistencia a la autoridad

La Administración debe indemnizar a agente agredido

by | Abr 22, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Agente agredido durante una intervención en el aeropuerto de El Prat. Recurso 254/2024. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal...

Experiencia laboral en un estado miembro

Experiencia laboral en un estado miembro de la UE

by | Abr 22, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El TSXG subraya que la experiencia adquirida en otro país de la Unión Europea tiene que valorarse igual que la obtenida en España. Aplicando la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Fraude en operaciones de compraventa

Fraude en operaciones de compraventa | Tres años y medio

by | Abr 21, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias confirmó en todos sus extremos la sentencia dictada por el órgano de primera instancia. Se ratificó así la pena de prisión y la condena a indemnizar a las empresas perjudicadas

Derecho a los días adicionales por antigüedad

Derecho a los días adicionales por antigüedad en la jubilación

by | Abr 21, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal considera que los jubilados parciales deben tener el mismo acceso a los días adicionales por antigüedad que cualquier otro empleado que trabaje a tiempo parcial, incluyendo a los relevistas.