El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha determinado que la inclusión obligatoria de dos impresiones dactilares en los documentos de identidad es compatible con los derechos fundamentales al respeto de la vida privada y a la protección de los datos personales. Esta medida busca combatir la producción de documentos falsos y la suplantación de identidad. Así como garantizar la interoperabilidad de los sistemas de verificación. Sin embargo, el Tribunal ha declarado inválido el Reglamento que establece esta medida debido a una base jurídica errónea. No obstante, mantiene sus efectos hasta el 31 de diciembre de 2026 o hasta la entrada en vigor de un nuevo reglamento.
Inclusión obligatoria de dos impresiones dactilares
El caso surgió cuando un ciudadano alemán desafió la negativa del Ayuntamiento de Wiesbaden a emitirle un nuevo documento de identidad sin sus impresiones dactilares. El Tribunal de Justicia examinó la validez del Reglamento de la Unión que establece la obligación de integrar estas impresiones en los documentos de identidad. El Tribunal reconoció que esta integración limita los derechos fundamentales al respeto de la vida privada y a la protección de los datos personales. Asimismo, justificó por su utilidad en la lucha contra la delincuencia y el terrorismo, así como en la facilitación de la libre circulación en la Unión Europea.
El Tribunal encontró que el Reglamento se adoptó sobre una base jurídica errónea
A pesar de la validez de la medida en sí misma, el Tribunal encontró que el Reglamento se adoptó sobre una base jurídica errónea. Y, por lo tanto, lo declaró inválido. Sin embargo, decidió mantener sus efectos hasta que se adopte un nuevo reglamento con la base jurídica correcta. De este modo, se pretende evitar consecuencias negativas para los ciudadanos de la Unión y su seguridad. La decisión destaca la importancia de equilibrar la protección de los derechos fundamentales con la necesidad de medidas efectivas para garantizar la seguridad y la interoperabilidad en la Unión Europea.