<

TS sobre la validez de un documento privado en la adquisición conjunta de una vivienda antes del matrimonio

El Supremo ha emitido una sentencia en materia propiedad, resolviendo un caso de disputa de titularidad de una vivienda entre exesposos por un documento privado. STS 619/2024, de 8 de mayo. La disputa se origina cuando la mujer interpone una demanda solicitando se le reconozca como propietaria del 60% de una vivienda, adquirida junto a […]

Publicado: 17 de mayo de 2024

El Supremo ha emitido una sentencia en materia propiedad, resolviendo un caso de disputa de titularidad de una vivienda entre exesposos por un documento privado. STS 619/2024, de 8 de mayo.

La disputa se origina cuando la mujer interpone una demanda solicitando se le reconozca como propietaria del 60% de una vivienda, adquirida junto a su entonces pareja, antes de contraer matrimonio. La demanda se basa en un documento privado firmado por ambos, donde se establece la proporción de propiedad: 60% para ella y 40% para él. No obstante, en la escritura sólo aparecía el marido como único titular. El motivo de dicha actuación era la obtención de una subvención que podía obtener en el caso de ser el único titular. Durante el matrimonio la vivienda se pagó con bienes gananciales. 

Sin embargo, tras el matrimonio y la posterior disolución de la sociedad de gananciales, surgieron discrepancias sobre la titularidad del inmueble.

El Juzgado de Primera Instancia estimó inicialmente la demanda de la mujer, reconociendo su titularidad del 60% de la vivienda. No obstante, esta decisión fue revocada por la Audiencia Provincial de Alicante, que desestimó la demanda al considerar que el porcentaje de propiedad debía determinarse en un procedimiento de liquidación de gananciales, dado que parte del pago del inmueble se realizó con fondos gananciales durante el matrimonio.

El recurso de casación

La exesposa interpuso recurso de casación ante el Tribunal Supremo, argumentando infracción de la doctrina de los actos propios y la autonomía de la voluntad. No obstante, el Tribunal Supremo desestimó el recurso, confirmando la sentencia de la Audiencia Provincial. 

La Sala consideró que el acuerdo privado no podía desplazar las normas sobre la condición de los bienes derivados del régimen económico matrimonial. Se estableció que la vivienda tenía un carácter mixto, siendo necesario determinar la proporción de titularidad correspondiente a la sociedad de gananciales y a cada cónyuge en un procedimiento de liquidación de gananciales.

Decisión del tribunal

El Supremo considera que la doctrina de los actos propios no resulta aplicable al caso: «la recurrente sólo alude como acto propio al acuerdo recogido en el documento privado suscrito por el demandado y la única expectativa propia a la que se refiere es a que se cumpla lo acordado. Si existe un acuerdo válido entre las partes que resulta vinculante a lo que hay que estar es al acuerdo, a su interpretación y a su eficacia, no es cuestión de actos propios».

En el caso, el acuerdo al que se refiere la recurrente fue suscrito en documento privado antes del matrimonio y sin contemplación al mismo ni al régimen económico que fuera a regirlo. Por eso, lo que plantea la recurrente en última instancia es si tal acuerdo puede tener la eficacia de desplazar las normas sobre la condición de los bienes que resulta del régimen económico matrimonial que rigió el matrimonio.

Por ello, considera que el razonamiento de la Audiencia es el adecuado. Existe una comunidad indivisa entre la sociedad de gananciales y los dos cónyuges. Ambos han aportado fondos como parte del precio, es conforme a lo que resulta de los arts. 1354 y 1357.II CC. La titularidad de la vivienda no puede quedar determinada exclusivamente por el documento privado inicial.

 

Fuente: CGPJ.

Últimas entradas publicadas

beneficios para afiliados

Anulación de cláusula restrictiva de beneficios para afiliados de un sindicato

by | Jul 2, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo ha establecido que una cláusula que implique beneficios para afiliados de un sindicato concreto es nula.

prórroga automática del ERTE

Prestación por desempleo tras la prórroga automática del ERTE

by | Jul 2, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Se reconoce el derecho del trabajador a percibir la prestación por desempleo tras la prórroga automática del ERTE, siempre que en ese momento haya cesado su actividad como autónomo y cumpla los requisitos legales

Ley de Consumo Sostenible

Aprobado el Anteproyecto de Ley de Consumo Sostenible

by | Jul 2, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de Ley de Consumo Sostenible, con posibles medidas orientadas a un consumo sostenible.

Doctrina de los actos propios

Doctrina de los actos propios | Devolución de comisiones bancarias

by | Jul 2, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La sentencia confirma que la sociedad mercantil tiene derecho a reclamar la devolución de las comisiones, al no existir actos propios que impidan el ejercicio de su derecho

Deducción por maternidad y los gastos de custodia en guarderías

Deducción por maternidad y los gastos de custodia en guarderías

by | Jul 1, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo rechaza la interpretación restrictiva de la Administración, que condicionaba la deducción por gastos de custodia a la existencia de autorización educativa en las guarderías

pensión alimenticia

Pensión alimenticia y formación profesional

by | Jul 1, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El TSJ de Aragón establece la extinción de una pensión alimenticia a un hijo por tener formación para incorporarse al mundo laboral.