<

TSJ desestima el plus de idiomas a una trabajadora por hacer un uso esporádico del inglés

El TSJ desestima la aplicación del plus de idiomas a una monitora con conocimientos de inglés por no hacer un uso relevante.

Publicado: 26 de enero de 2024

El plus de idiomas no resulta aplicable si se hace un uso del inglés “esporádico e irrelevante”. [TOL9.814.337]

En el caso, una monitora bilingüe de una piscina municipal solicitó el plus de idiomas. Al denegar la petición, acudió ante los tribunales. La demandante alegaba la frecuente utilización del inglés en su trabajo en el Patronato de Deportes. De este modo, lo comparaba con el caso de otra empleada que sí recibía el plus. Alegó que, según lo dispuesto en el artículo 32 del convenio colectivo, le debían 3.480 euros.

El juzgado de lo social desestimó la demanda, argumentando que los usuarios de la piscina municipal hablan generalmente el castellano, por lo que no hay necesidad de que la monitora utilice el inglés en su trabajo. Respecto a la comparación con la otra trabajadora del centro, el juez señaló que la actividad deportiva dirigida por su compañera sí estaba enfocada principalmente a deportistas extranjeros, por lo que sí realizaba un uso constante del inglés.

Sobre el complemento y su aplicación

En su recurso ante el TSJ alegó que no es un complemento personal, sino de calidad o cantidad, vinculado al trabajo realizado. Afirma que, desde una perspectiva objetiva y material, el uso de lenguas extranjeras en la interacción con usuarios extranjeros mejoraba la calidad del trabajo de la demandante. 

Sin embargo, los magistrados del TSJ señalaron que incluso aceptando la noción de retribución por una mayor calidad del trabajo, no puede fundamentarse en conocimientos que no se aplican de manera relevante en las tareas laborales.

Establece lo siguiente: «es razonable concluir que para causar derecho al plus de idioma se necesita no solo un conocimiento avanzado y fluido del idioma extranjero, sino también el uso más o menos habitual del mismo para el desempeño del trabajo, exigencia de uso habitual que sería necesaria incluso si se conceptúa ese plus como un complemento por calidad del trabajo».

Decisión del tribunal

La Sala concluye que no queda acreditado el uso habitual de idiomas extranjeros en su trabajo como monitora de la piscina municipal. Por ello, considera que su situación no resulta equiparable a la de otros trabajadores del centro y no procede la aplicación del plus de idiomas. 

Desestima el recurso interpuesto y confirma lo dispuesto por el juzgado de instancia.

Últimas entradas publicadas

baremos de honorarios

El Tribunal Supremo confirma sanciones por baremos de honorarios

by | Ene 13, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo sanciona a un Colegio de Abogados por la elaboración y difusión de baremos de honorarios.

prácticas anticompetitivas

Prácticas anticompetitivas | La CNMC sanciona a I.C.O.N. con 1,2 millones y veto al sector público

by | Ene 13, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

La CNMC sanciona a I.C.O.N. por prácticas anticompetitivas en el mercado de productos de peluquería, con una multa y la prohibición de contratar con el sector público

concurso

El Tribunal de Instancia frena el concurso necesario del Real Murcia

by | Ene 13, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

Los tribunales priorizan el plan de reestructuración del Real Murcia Club de Fútbol ante el concurso necesario.

apagón general

Descartados los indicio de sabotaje terrorista en el apagón general

by | Ene 13, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

Sobreseimiento provisional de la investigación abierta a raíz del apagón general al no existir “un mínimo indicio” de sabotaje terrorista

Devengo de intereses

Devengo de intereses en contratos del sector público

by | Ene 12, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo aclara cuándo se produce el devengo de intereses en contratos del sector público según el PCAP

reparaciones aseguradas

Reiteración del criterio sobre el IVA en reparaciones aseguradas

by | Ene 12, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Supremo se pronuncia en relación a la aplicación de criterios del IVA para las reparaciones aseguradas de vivienda.