<

TSJ desestima el plus de idiomas a una trabajadora por hacer un uso esporádico del inglés

El TSJ desestima la aplicación del plus de idiomas a una monitora con conocimientos de inglés por no hacer un uso relevante.

Publicat: 26 de gener de 2024

El plus de idiomas no resulta aplicable si se hace un uso del inglés “esporádico e irrelevante”. [TOL9.814.337]

En el caso, una monitora bilingüe de una piscina municipal solicitó el plus de idiomas. Al denegar la petición, acudió ante los tribunales. La demandante alegaba la frecuente utilización del inglés en su trabajo en el Patronato de Deportes. De este modo, lo comparaba con el caso de otra empleada que sí recibía el plus. Alegó que, según lo dispuesto en el artículo 32 del convenio colectivo, le debían 3.480 euros.

El juzgado de lo social desestimó la demanda, argumentando que los usuarios de la piscina municipal hablan generalmente el castellano, por lo que no hay necesidad de que la monitora utilice el inglés en su trabajo. Respecto a la comparación con la otra trabajadora del centro, el juez señaló que la actividad deportiva dirigida por su compañera sí estaba enfocada principalmente a deportistas extranjeros, por lo que sí realizaba un uso constante del inglés.

Sobre el complemento y su aplicación

En su recurso ante el TSJ alegó que no es un complemento personal, sino de calidad o cantidad, vinculado al trabajo realizado. Afirma que, desde una perspectiva objetiva y material, el uso de lenguas extranjeras en la interacción con usuarios extranjeros mejoraba la calidad del trabajo de la demandante. 

Sin embargo, los magistrados del TSJ señalaron que incluso aceptando la noción de retribución por una mayor calidad del trabajo, no puede fundamentarse en conocimientos que no se aplican de manera relevante en las tareas laborales.

Establece lo siguiente: «es razonable concluir que para causar derecho al plus de idioma se necesita no solo un conocimiento avanzado y fluido del idioma extranjero, sino también el uso más o menos habitual del mismo para el desempeño del trabajo, exigencia de uso habitual que sería necesaria incluso si se conceptúa ese plus como un complemento por calidad del trabajo».

Decisión del tribunal

La Sala concluye que no queda acreditado el uso habitual de idiomas extranjeros en su trabajo como monitora de la piscina municipal. Por ello, considera que su situación no resulta equiparable a la de otros trabajadores del centro y no procede la aplicación del plus de idiomas. 

Desestima el recurso interpuesto y confirma lo dispuesto por el juzgado de instancia.

Últimes entrades publicades

exigir el euskera

Anulada una OPE de 100 plazas por exigir el euskera en todos los puestos

by | nov. 14, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha confirmado la nulidad de la oferta pública de empleo (OPE) convocada por la Diputación Foral de Gipuzkoa en 2023....

Residencia por voluntariado

Residencia por voluntariado en la UE: límites estatales

by | nov. 14, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

Según el TJUE, los Estados no pueden añadir requisitos extra en el permiso de residencia por voluntariado.

bebidas sin alcohol

El TJUE prohíbe usar el término «gin» en bebidas sin alcohol

by | nov. 14, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

sentencia del Tribunal de Justicia de la UE sobre la utilización de la palabra «gin» en la comercialización de bebidas sin alcohol

evaluar riesgos laborales en el hogar

El 14 de noviembre vence el plazo para evaluar riesgos laborales en el hogar

by | nov. 14, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

Hoy, 14 de noviembre de 2025, vence el plazo para evaluar riesgos laborales en el hogar a través de la herramienta establecida por el INSS.

Acción de adición

Anulada una condena basada en una apariencia de facticidad

by | nov. 13, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

El motivo principal de la absolución fue que la condena presentaba únicamente una apariencia de facticidad

DANA

La Audiencia de Valencia rechaza elevar la causa de la DANA al TSJCV

by | nov. 13, 2025 | Actualitat Prime | 0 Comments

Se confirma el auto del mes de mayo por el que se solicitaba que se elevara el TSJ la causa penal por la gestión de la Dana.