Dic 13, 2024 | Actualidad Prime
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha decidido no ampliar el permiso de paternidad más allá de las 16 semanas establecidas por la Ley Autonómica de Empleo Público. De este modo, lo mantiene por debajo de las 22 semanas otorgadas a las madres.
Ampliación del permiso de paternidad
En una sentencia reciente, la sección primera de la Sala rechazó el recurso presentado por un funcionario del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de Vigo. El funcionario solicitaba equiparar la duración de su permiso de paternidad al de maternidad tras el nacimiento de su hija. El tribunal consideró que la diferencia en la duración de ambos permisos no constituye una discriminación injustificada ni vulnera el derecho de la Unión Europea.
Los magistrados fundamentaron su decisión en que la legislación diferencia los permisos de paternidad y maternidad por razones biológicas. También destacaron la necesidad de garantizar una recuperación segura y saludable para las mujeres tras el parto. Además, señalaron que el principio de igualdad no obliga a tratar de manera idéntica situaciones que presentan diferencias relevantes desde el punto de vista jurídico.
Rechazada la ampliación de 16 semanas
La Sala también destacó que, durante más de un siglo, se han implementado normativas específicas para proteger a las trabajadoras antes y después del alumbramiento. Estas normativas buscan garantizar su bienestar y salvaguardar sus derechos laborales. Por tanto, determinar una duración distinta para los permisos de paternidad y maternidad se considera una medida justificada y razonable.
Cabe destacar que esta sentencia no es definitiva, ya que existe la posibilidad de interponer un recurso ante el Tribunal Supremo. Paralelamente, la Sala de lo Social del TSXG ha reconocido en tres ocasiones el derecho a un permiso de paternidad de 22 semanas para empleados de la Xunta no funcionarios, basándose en el principio de no discriminación.
Dic 12, 2024 | Actualidad Prime
Prohibición de productos con origen en trabajo forzoso
El Parlamento Europeo y el Consejo han aprobado el Reglamento (UE) 2024/3015, que prohíbe la comercialización de productos realizados con trabajo forzoso en el mercado de la Unión. Este reglamento, de aplicación directa, busca erradicar esta forma de explotación laboral en toda la cadena de suministro. Los Estados miembros desempeñarán un papel clave al garantizar el cumplimiento de las disposiciones. La norma se aplicará tanto a productos fabricados dentro de la Unión como a los importados. Además, establece un marco común que obliga a las empresas a demostrar que sus cadenas de suministro están libres de esta práctica.
La norma también subraya la necesidad de cooperación internacional para identificar prácticas de trabajo forzoso en los países exportadores. Esto incluye colaboración con organizaciones no gubernamentales y agencias internacionales para fortalecer los mecanismos de supervisión.
Ampliación de la protección a denunciantes
Reglamento (UE) 2024/3015 también introduce modificaciones en la Directiva (UE) 2019/1937 para reforzar la protección de los denunciantes de casos de trabajo forzoso. Este cambio pretende incentivar la denuncia de estas prácticas por parte de trabajadores y organizaciones. Además, se establecen medidas para garantizar que los denunciantes no sufran represalias ni perjuicios. Las autoridades deberán implementar canales seguros y confidenciales para que estas denuncias sean presentadas y tramitadas.
Se otorga una mayor responsabilidad a las empresas en la detección y reporte de posibles casos de trabajo forzoso en sus cadenas de suministro. Asimismo, los Estados miembros podrán imponer medidas cautelares, como la retirada temporal de productos sospechosos del mercado hasta que se complete la investigación.
Mecanismos de control y sanciones
El reglamento contra el trabajo forzoso introduce mecanismos de control a través de inspecciones y verificaciones realizadas por las autoridades competentes de cada Estado miembro. Estas autoridades tendrán la potestad de retirar productos del mercado si se confirma que fueron elaborados con trabajo forzoso. Además, se establece un sistema de informes públicos para dar transparencia a las acciones de cumplimiento.
Las sanciones incluirán multas significativas, cuya cuantía será proporcional al volumen de negocios de las empresas implicadas, y restricciones a las actividades de las empresas que reincidan en estas prácticas. Estas sanciones también podrán extenderse a los responsables directos de la toma de decisiones dentro de las compañías.
Para reforzar el cumplimiento, se creará una base de datos centralizada en la Unión Europea, donde se registrarán las empresas sancionadas por violaciones relacionadas con el trabajo forzoso. Esto permitirá un seguimiento más eficaz y mejorará la coordinación entre los Estados miembros.
Impacto en las empresas y el comercio internacional
La aprobación de este reglamento contra el trabajo forzoso representa un cambio significativo en las políticas comerciales de la Unión Europea. Las empresas deberán implementar controles estrictos en sus cadenas de suministro para garantizar el cumplimiento. Esto incluye auditorías regulares, certificaciones independientes y capacitación para empleados y proveedores sobre derechos laborales y cumplimiento normativo.
Se prevé un impacto considerable en las relaciones comerciales con países donde el trabajo forzoso es una práctica común. Los exportadores tendrán que cumplir con los estándares de la Unión Europea para poder acceder a su mercado. Esto podría llevar a un aumento en los costos de producción, pero también a una mejora general en las condiciones laborales en esos países.
Papel de los consumidores
Los consumidores también podrán jugar un papel importante, ya que se les ofrecerá información clara sobre el origen de los productos y sus condiciones de producción. Esto fomentará una mayor conciencia sobre el impacto social de sus decisiones de compra.
En definitiva, el Reglamento (UE) 2024/3015 refuerza el compromiso de la Unión Europea con los derechos humanos y los principios de comercio justo. Su implementación supone un paso adelante en la lucha contra la explotación laboral, enviando un mensaje contundente a nivel global sobre la importancia de erradicar el trabajo forzoso de las cadenas de suministro.
Dic 12, 2024 | Actualidad Prime
El Tribunal Supremo, en una reciente sentencia, clarifica importantes aspectos sobre la interacción entre procesos penales y civiles. En particular, aborda la suspensión del plazo de caducidad de una acción civil. La cuestión central de la sentencia es determinar si ciertos eventos pueden suspender el plazo de caducidad. En concreto, se analiza si la apertura de una causa penal, cuya investigación influye de manera determinante en un juicio civil, puede generar esta suspensión. También se estudia si la presentación de una demanda ante un juzgado mercantil, que no carecía manifiestamente de competencia, tiene el mismo efecto.
Contexto del caso
El litigio se originó a partir de la constitución de dos sociedades mercantiles, Bici Sport Tenerife S.L. y Ciclocenter S.L., y la posterior venta de propiedades entre ellas. Los demandantes argumentaron que dichas transacciones fueron realizadas de manera abusiva por uno de los administradores. Sostuvieron que el objetivo era perjudicar a los socios y obtener un beneficio personal para el demandado, el Sr. Ildefonso. Tras ser absueltos en el proceso penal por delitos societarios, los demandantes presentaron una demanda civil. En ella, solicitaron la anulación de los contratos de compraventa y la restitución de los inmuebles.
Suspensión del plazo de caducidad en acciones civiles vinculadas a procesos penales previos
La Audiencia Provincial inicialmente desestimó la demanda civil por considerar que había prescrito el derecho a anular los contratos. Sin embargo, al elevar el caso a la casación, el Tribunal Supremo revisó esta decisión enfocándose en la interacción entre los procesos penal y civil.
El Tribunal Supremo indicó que, de acuerdo con el artículo 114 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la existencia de un proceso penal que investiga los mismos hechos que un proceso civil puede suspender el plazo de caducidad de la acción civil. Esto se basa en el principio «le criminel tient le civil en état», que establece la primacía del ámbito penal sobre el civil. Según este principio, el proceso penal debe resolverse definitivamente antes de que el civil continúe.
En este caso, al haber una conexión relevante entre los hechos investigados en el proceso penal y los objetos del proceso civil, la promoción de la causa penal suspendió efectivamente los plazos de caducidad para la acción civil. Además, la posterior interposición de la demanda ante un juzgado mercantil que no era manifiestamente incompetente tampoco impidió la suspensión de dichos plazos.
Conclusión | Suspensión del plazo de caducidad
El Tribunal Supremo ha reafirmado que cuando una causa penal influye decisivamente en un juicio civil, esta puede suspender los plazos de caducidad de las acciones civiles relacionadas. Este criterio tiene como objetivo garantizar la efectividad del derecho a la tutela judicial efectiva. Pretende evitar que las limitaciones temporales impidan la adecuada resolución de disputas legales relacionadas con hechos sometidos a investigación penal.
Dic 11, 2024 | Actualidad Prime
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha confirmado una sentencia que condena a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias y a la empresa Aeromédica Canaria SLU por cesión ilegal de trabajadores. El caso se refiere a una técnica de educación especial que, durante más de una década, mantuvo una sucesión de contratos temporales como fija discontinua para atender a alumnos con discapacidades en centros docentes de la Consejería.
Cesión ilegal de trabajadores
La sentencia, que desestima el recurso de apelación interpuesto por los servicios jurídicos del Gobierno de Canarias, ordena la incorporación definitiva de la trabajadora a la plantilla de la Consejería. Además, establece que deberá disfrutar de los beneficios contemplados en el convenio colectivo aplicable. Asimismo, Aeromédica Canaria SLU deberá pagar a la empleada un total de 20.998,25 euros por diferencias salariales correspondientes al periodo de enero de 2019 a octubre de 2022. Y a esto, se le suma un interés del 10 %.
14 contratos de duración determinada
El TSJC determinó que entre 2011 y 2022 la afectada firmó 14 contratos de duración determinada con Aeromédica Canaria y Clece S.A. Durante este periodo, trabajó como técnica educadora de educación especial con un salario bruto mensual prorrateado de 845,40 euros a jornada parcial. La Sala concluyó que se produjo una cesión ilegal de mano de obra. Argumentó que el trabajo se llevaba a cabo en los centros educativos de la Consejería, utilizando sus recursos. Además, destacó la estrecha coordinación con el personal docente, lo que demuestra la existencia de una relación laboral directa con la administración autonómica.
La Sala concluyó que se produjo una cesión ilegal de trabajadores
Este fallo sigue la línea establecida por una resolución similar del TSJC en 2018, sin encontrar motivos para modificar el criterio anteriormente adoptado. La sentencia resalta que la naturaleza y ejecución del servicio evidencian la inexistencia de una verdadera subrogación de la empresa contratante, fundamentando así la decisión de proteger los derechos laborales de la trabajadora afectada.
La resolución puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina. Sin embargo, su presentación está sujeta a estrictos requisitos, como el depósito económico obligatorio y la existencia de sentencias contradictorias en instancias inferiores.
Dic 11, 2024 | Actualidad Prime
En una reciente sentencia, el Tribunal Supremo ha ofrecido una interpretación detallada sobre la procedencia de la revisión agravatoria en casos de sentencias absolutorias. Además, estableció directrices destinadas a reforzar la seguridad jurídica y mejorar la eficiencia del sistema judicial. La sentencia en cuestión analiza principalmente la viabilidad de la revisión agravatoria en casos de discrepancia entre una sentencia absolutoria y una posible condenatoria. Destaca que esta revisión solo procede cuando la discrepancia se basa exclusivamente en aspectos jurídicos estrictos.
Contexto del recurso y alegaciones presentadas
El caso fue presentado por DIRECCION000., quien interpuso un recurso contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Castellón. Esta sentencia absolvió a los acusados de los delitos de estafa procesal, insolvencia punible y daños. Los recurrentes alegaron una violación de la garantía de tutela judicial efectiva, argumentando que la sentencia carecía de una motivación adecuada respecto al delito de insolvencia punible y la responsabilidad civil derivada de los daños causados en su propiedad.
Análisis del Tribunal Supremo sobre la incongruencia omisiva
El Tribunal Supremo analizó en profundidad los motivos de recurso, especialmente enfocándose en la alegación de incongruencia omisiva. Este concepto se refiere a situaciones en las que una sentencia no responde a todas las pretensiones jurídicas planteadas por las partes. Esto podría implicar una vulneración del derecho a una tutela judicial efectiva. Sin embargo, la Sala aclaró que la incongruencia omisiva solo se configura cuando la omisión afecta cuestiones jurídicas planteadas de forma explícita. No aplica a aspectos fácticos ni a la valoración detallada de las pruebas. En este sentido, el Tribunal reiteró que los jueces no están obligados a responder de manera exhaustiva a cada argumento presentado. Basta con que se resuelvan de forma sustancial las pretensiones formuladas.
Restricciones de la revisión agravatoria
Uno de los puntos centrales de la sentencia es la delimitación precisa de cuándo es procedente una revisión agravatoria. El Tribunal Supremo enfatizó que esta vía recursal se destina exclusivamente a la corrección de errores de derecho. Es decir, se aplica a casos en los que la interpretación o aplicación de las normas legales ha sido incorrecta. Para que una revisión agravatoria prospere, debe demostrarse que la diferencia fundamental entre una posible condena y una absolución radica en una cuestión jurídica pura, sin que intervengan elementos fácticos o de valoración probatoria. Esto implica que no se puede utilizar la revisión agravatoria para revaluar hechos probados o introducir nuevas interpretaciones fácticas, ya que tales acciones exceden el ámbito de esta figura procesal.
Implicaciones para la tutela judicial efectiva
El Tribunal también subrayó la importancia de la tutela judicial efectiva, garantizando que las resoluciones respondan de manera fundada y coherente a las pretensiones presentadas. Sin embargo, aclaró que esta garantía no obliga a los jueces a abordar cada argumento detalladamente, sino a resolver las cuestiones planteadas de manera sustancial. Este enfoque busca equilibrar el derecho de las partes a una resolución adecuada con la necesidad de evitar dilaciones innecesarias en el proceso judicial.