T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección Segunda
Sentencia núm. 1.369/2024
Fecha de sentencia: 22/07/2024
Tipo de procedimiento: R. CASACION
Número del procedimiento: 8648/2022
Fallo/Acuerdo:
Fecha de Votación y Fallo: 25/06/2024
Ponente: Excmo. Sr. D. Dimitry Berberoff Ayuda
Procedencia: T.S.J.CATALUÑA CON/AD SEC.1
Letrado de la Administración de Justicia: Sección 002
Transcrito por:
Nota:
R. CASACION núm.: 8648/2022
Ponente: Excmo. Sr. D. Dimitry Berberoff Ayuda
Letrado de la Administración de Justicia: Sección 002
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección Segunda
Sentencia núm. 1369/2024
Excmos. Sres. y Excma. Sra.
D. José Antonio Montero Fernández, presidente
D. Rafael Toledano Cantero
D. Dimitry Berberoff Ayuda
D. Isaac Merino Jara
D.ª Esperanza Córdoba Castroverde
En Madrid, a 22 de julio de 2024.
Esta Sala ha visto el recurso de casación núm. 8648/2022, interpuesto por la Administración General del Estado, representada y defendida por la Abogacía del Estado, contra la sentencia dictada el 30 de septiembre de 2022 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (" TSJ de Cataluña"), en el recurso núm. 805/2021.
Ha sido parte recurrida doña Bernarda, representada por la procuradora de los Tribunales doña Emma Nel.lo Jover, bajo la dirección letrada de doña María Dolores Pardo Teruel.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Dimitry Berberoff Ayuda.
PRIMERO. - Resolución recurrida en casación
El presente recurso de casación se dirige contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Cataluña núm. 3371/2022 de 30 de septiembre, que estimó el recurso núm. 805/2021, interpuesto por la representación procesal de doña Bernarda contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR) de Cataluña, de 17 de noviembre de 2020, que desestimó su reclamación contra acuerdo denegatorio de su petición de rectificación de autoliquidación, concepto Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), por no haber aplicado una reducción de la base imponible en el importe de 18.000 €, correspondientes al abono de pensión compensatoria a su excónyuge desde enero a junio de 2014, de acuerdo con lo pactado en el convenio regulador de 28 de diciembre de 2013, refrendado por sentencia de divorcio, del Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Rubí, de 10 de julio de 2014, solicitando una devolución de 9.900 € más intereses.
SEGUNDO. - Tramitación del recurso de casación
1.- Preparación del recurso. El abogado del Estado, en representación de la Administración General del Estado, mediante escrito de 11 de noviembre de 2022 preparó el recurso de casación contra la expresada sentencia de 30 de septiembre de 2022.
El TSJ de Cataluña tuvo por preparado el recurso de casación en auto de 18 de noviembre de 2022, ordenó remitir las actuaciones al Tribunal Supremo y emplazó a los litigantes para que comparecieran ante la Sala Tercera.
2.- Admisión del recurso. La Sección de admisión de esta Sala Tercera del Tribunal Supremo admitió el recurso de casación por medio de auto de 21 de septiembre de 2023, en el que aprecia un interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia, enunciado en estos literales términos:
"2º) La cuestión que presentan interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en:
Determinar cuál es el momento a partir del cual cabe aplicar la reducción en la base imponible del IRPF en concepto de pensiones compensatorias a favor del cónyuge: si desde la fecha en que se suscribe el convenio regulador entre las partes o a partir de que se . . .
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