AP Valencia; 05-07-2023. Condenado por un delito contra delito contra la propiedad industrial, el dueño del taller por usar el logo y el nombre de una marca de aceites y lubricantes para la publicidad de su establecimiento. – Audiencia Provincial de Valencia – Sección Tercera – Jurisdicción: Penal – Sentencia – Num. Res.: 370/2023 – Num. Proc.: 160/2022 – Ponente: María del Carmen Melero Villacañas-Lagranja (TOL9.693.951)

Dic 8, 2023

AUDIENCIA PROVINCIALSECCIÓN TERCERAVALENCIA__________ROLLO PROCEDIMIENTO ABREVIADO NÚM. 160/2022Procedimiento Abreviado núm. 1328/2015Juzgado de Instrucción núm. 1 de MassamagrellSENTENCIA Nº 370/2023Iltmos. Sres.:PresidenteDña. Mª Carmen Melero Villacañas-LagranjaMagistradosDon Jesús Leoncio Rojo OlallaDon Rafael Sánchez-Tinajero Vázquez_________________________________________En Valencia a cinco de julio de dos mil veintitrésLa Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por las Iltmas. Sras. anotadas al margen,ha visto en Juicio Oral y Público la causa instruida con el número 1328/2015 por el Juzgado de Instrucción núm.1 de Massamagrell por delito contra propiedad industrial, contra Celso , nacido el NUM000 de mil novecientossesenta, natural de Valencia, vecino de Ribarroja del Turia, con D.N.I. número NUM001 , sin antecedentespenales, de ignorada solvencia y en libertad provisional por esta causa; Otilia , nacida el NUM002 de milnovecientos setenta y dos, natural de Valencia, vecina de La Eliana, con D.N.I. núm. NUM003 , sin antecedentespenales, de ignorada solvencia y en libertad provisional por esta causa; contra Enrique , nacido el NUM004de mil novecientos sesenta y siete, natural y vecino de Valencia, con D.N.I. núm. NUM005 , sin antecedentespenales, de ignorada solvencia y en libertad provisional por esta causa; contra Sandra , nacida el NUM006de mil novecientos cincuenta y dos, natural y vecina de Valencia, con D.N.I. núm. NUM007 , sin antecedentespenales, de ignorada solvencia y en libertad provisional por esta causa; contra Florian , nacido el NUM008de mil novecientos setenta y tres, natural y vecino de Valencia, con D.N.I. núm. NUM009 , sin antecedentespenales, de ignorada solvencia y en libertad provisional por esta causa; en la que han sido partes los citadosacusados y como Responsable civil subsidiaria la entidad WYNN'S LUBRICANTES, S.L., representados por losProcuradores Dña. Sonia Lozano Ortega y Dña. Amparo Gargallo Jaquotot, y defendidos por los Letrados Dña.María Martínez Giménez y D. Juan Francisco García Cuesta; LLINOIS TOOL WORKS INC., como acusaciónparticular, representada por el Procurador D. Jorge Vivó Sanz y asistida por la Letrada Dña. Patricia KochMoreno; y el Ministerio Fiscal representado por la Ilma. Sra. Fiscal Dña. Mara Furió Peris. Ha sido Ponente laIltma. Sra. Dña. María del Carmen Melero Villacañas-Lagranja.PRIMERO.- Con anterioridad a la celebración del Juicio Oral la Acusación Particular renunció al ejercicio de acciones.SEGUNDO.- El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos como constitutivos de un delito contra la propiedad industrial (signo distintivo) del art. 274.2, primer y segundo inciso, del Código Penal (comercialización al por menor ), en relación con el artículo 274.1 del Código Penal y con especial importancia de los perjuicios ocasionados, del artículo 276, b), del que consideró autor responsable a Celso , con la concurrencia de la circunstancia atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas del artículo 21.6 del Código Penal; y para quien solicitó las penas de 6 meses de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 4 meses y 16 días a razón de 2 euros diarios, con la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 CP, en caso de impago e inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión por 6 meses; pago de las costas, según el art. 123 C.P.Solicitó conforme al art. 127 C.P., procede el comiso y destrucción de los productos intervenidos, e informó favorablemente a la suspensión de la ejecución de la pena de prisión por un periodo de 2 años condicionando la remisión definitiva de la apena a que no incurriera en nuevo delito. Retiró la acusación respecto al resto de acusados.TERCERO.- Celso y su Letrado defensor, manifestaron estar de acuerdo con las conclusiones definitivas y pedimentos del Ministerio Fiscal y no ser necesaria la celebración del Juicio Oral.CUARTO.- Concluido el Juicio Oral se anticipó el fallo de la sentencia condenado al acusado en los términos a que se llegó a conformidad, y fue aquélla declarada firme al manifestar las partes su voluntad de no recurrirla.QUINTO.- Se suspendió la ejecución de la pena de prisión por dos años, condicionando la remisión definitiva de la misma a que Celso no cometiera ningún delito . . .

¿Quiere leer el artículo completo?
¿Ya tiene cuenta?Iniciar sesión
Cree su cuenta sin costeRegistrarme

Si usted es cliente Prime, puede leer el dossier completo dentro de la platafoma

Acceder

Últimas novedades publicadas

Regularización íntegra. Cuando, tras una regularización del IRPF, se ha considerado inexistente la actividad económica de la sociedad y se han imputado sus rendimientos al socio persona física, el principio de íntegra regularización impone a la Administración competente para liquidar el Impuesto sobre el Patrimonio que, si asume la anterior consideración para negar la exención de las participaciones en dicha sociedad por incumplimiento del artículo 4.Ocho.Dos.a) LIP, tenga también en consideración el impacto que aquello tiene en la valoración de las participaciones (art. 16 LIP), como consecuencia de la variación del valor del patrimonio neto. – Tribunal Supremo – Sala Tercera – Sección Segunda – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 1405/2024 – Num. Proc.: 8950/2022 – Ponente: ISAAC MERINO JARA (TOL10.124.551)

by | Sep 7, 2024 | Boletín novedades,FINANCIERO-TRIB. Jurisprudencia | 0 Comments

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Segunda Sentencia núm. 1.405/2024 Fecha de sentencia: 23/07/2024 Tipo de procedimiento: R....

I. Creación y eficacia de la norma jurisprudencial (TOL10.098.224)

by | Sep 7, 2024 | Boletín novedades,PRIVADO Doctrina | 0 Comments

I. Creación y eficacia de la norma jurisprudencial1. Expresiones que hacen fortunaHay expresiones que, no se sabe muy bien por qué, hacen fortuna. Y la hacen a pesar de...

Acuerdo entre el Reino de España y Georgia sobre reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales, hecho en Madrid el 5 de abril de 2024 (TOL10.155.178)

by | Sep 7, 2024 | Boletín novedades,PUBLICO Legislación | 0 Comments

Texto de Inicio ACUERDO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y GEORGIA SOBRE EL RECONOCIMIENTO RECÍPROCO Y EL CANJE DE LOS PERMISOS DE CONDUCCIÓN NACIONALES El Reino de España y...

Función pública: Se anula la plaza de un policía local que tenía antecedentes penales en el momento de la solicitud de la oposición – Juzgado de lo Contencioso-Administrativo – Sección Tercera – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: Pr0cedimient0:Pr0cedimient0abreviad0 – Num. Proc.: 155/2021 – Ponente: FERNANDO GERMAN PORTILLO RODRIGO (TOL10.134.523)

by | Sep 7, 2024 | Boletín novedades,PUBLICO Jurisprudencia | 0 Comments

SENTENCIAEn Melilla, a 11 de julio de 2024Vistos por este juzgado los autos del Procedimiento Abreviado 155/21 seguidos en virtud de recursointerpuesto por D. Jacobo ,...

IV. Reflexiones finales: la legitimidad de la criminalización del derecho a guardar silencio (TOL10.098.223)

by | Sep 7, 2024 | Boletín novedades,PENAL Doctrina | 0 Comments

IV. Reflexiones finales: la legitimidad de la criminalización del derecho a guardar silencio1. El estado de la cuestión: la expansión criminalizadoraLa introducción del...

Anulación de sentencia por motivación arbitraria. Intervención telefónica: indicio obtenido por la grabación de una conversación privada obtenida por uno de los interlocutores. Motivación por remisión o hetero integración. Autenticidad de los soportes que alojan grabaciones obtenidas por sistema SITEL. Registro: imprecisión en la designación del lugar. Presencia del interesado. Momento hábil para introducir las declaraciones prestadas en instrucción por quien se acoge a su derecho a no declarar en el acto del juicio. Legitimación del Fiscal para recurrir por infracción de garantía de tutela judicial efectiva y del derecho a valerse de medios de prueba pertinentes. Otros. – Tribunal Supremo – Sala Segunda – Sección Primera – Jurisdicción: Penal – Sentencia – Num. Res.: 753/2024 – Num. Proc.: 2984/2020 – Ponente: Ana María Ferrer García (TOL10.124.144)

by | Sep 7, 2024 | Boletín novedades,PENAL Jurisprudencia | 0 Comments

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Penal Sentencia núm. 753/2024 Fecha de sentencia: 22/07/2024 Tipo de procedimiento: RECURSO CASACION Número del procedimiento:...