El Supremo determina que a los efectos del artículo 171 LGT, cabe considerar inembargables, conforme a los límites y porcentajes que, para el embargo de sueldos, salarios o pensiones se derivan de los artículos 606 y 607 LEC, los saldos existentes en una cuenta corriente en la que no se ingrese directamente ningún sueldo, salario o pensión, cuando su titular acredite que dichas cantidades provienen, a su vez, de ingresos o transferencias efectuadas desde otra cuenta de su titularidad en la que se le abonan tales sueldos, salarios o pensiones. – Tribunal Supremo – Sala Tercera – Sección Segunda – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 467/2024 – Num. Proc.: 7696/2022 – Ponente: Dimitry Teodoro Berberoff Ayuda (TOL9.954.654)

Abr 30, 2024

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Segunda

Sentencia núm. 467/2024

Fecha de sentencia: 15/03/2024

Tipo de procedimiento: R. CASACION

Número del procedimiento: 7696/2022

Fallo/Acuerdo:

Fecha de Votación y Fallo: 05/03/2024

Ponente: Excmo. Sr. D. Dimitry Berberoff Ayuda

Procedencia: JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 13

Letrada de la Administración de Justicia: Sección 002

Transcrito por:

Nota:

R. CASACION núm.: 7696/2022

Ponente: Excmo. Sr. D. Dimitry Berberoff Ayuda

Letrada de la Administración de Justicia: Sección 002

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Segunda

Sentencia núm. 467/2024

Excmos. Sres. y Excma. Sra.

D. José Antonio Montero Fernández, presidente

D. Rafael Toledano Cantero

D. Dimitry Berberoff Ayuda

D. Isaac Merino Jara

D.ª Esperanza Córdoba Castroverde

En Madrid, a 15 de marzo de 2024.

Esta Sala ha visto el recurso de casación núm. 7696/2022, interpuesto por el Organismo de Gestión Tributaria de la Diputación de Barcelona (ORGT), representado por el procurador de los Tribunales don Argimiro Vázquez Guillén, bajo la dirección letrada de doña Laia Picola Espejo, contra la sentencia dictada el 12 de abril de 2022 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. 13 de Barcelona, en el recurso núm. 421/2021.

Ha sido parte recurrida doña María Esther, no personada en las presentes actuaciones.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Dimitry Berberoff Ayuda.

PRIMERO. - Resolución recurrida en casación

El presente recurso de casación se dirige contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 13 de Barcelona núm. 144/2022 de 12 de abril, que estimó el recurso núm. 421/2021, interpuesto por la representación procesal de doña María Esther contra la resolución de 21 de julio de 2021, del Organisme de Gestió Tributaria, Diputació de Barcelona, por la que se desestimó su recurso de reposición frente a diligencia de embargo de cuentas corrientes.

SEGUNDO. - Tramitación del recurso de casación

1.- Preparación del recurso. La letrada doña Laia Picola Espejo, en representación de Organismo de Gestión Tributaria de la Diputación de Barcelona, mediante escrito de 6 de junio de 2022 preparó el recurso de casación contra la expresada sentencia de 12 de abril de 2022.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. 13 de Barcelona tuvo por preparado el recurso de casación en auto de 19 de septiembre de 2022, ordenó remitir las actuaciones al Tribunal Supremo y emplazó a los litigantes para que comparecieran ante la Sala Tercera.

2.- Admisión del recurso. La Sección de admisión de esta Sala Tercera del Tribunal Supremo admitió el recurso de casación por medio de auto de 7 de junio de 2023, en el que aprecia un interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia, enunciado en estos literales términos:

"2º) La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en:

Determinar si se pueden considerar cantidades inembargables los saldos existentes en una cuenta corriente en donde no se ingresa ningún sueldo, pensión o salario, cuando dichas cantidades provienen, a su vez, de ingresos realizados por el interesado desde otra cuenta de su titularidad en la que sí se abonan pensiones, sueldos o salarios inembargables; o sí, por el contrario, dichas cantidades deben tener la consideración de ahorro y, por tanto, plenamente embargables.

3º) Identificar como norma jurídica que, en principio, habrá de ser objeto de interpretación: los artículos 607 de la Ley 1/2000, de 7 de enero; y 171.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre.

Ello sin perjuicio de que la sentencia haya de extenderse a otras si así lo exigiere el . . .

¿Quiere leer el artículo completo?
¿Ya tiene cuenta?Iniciar sesión
Cree su cuenta sin costeRegistrarme

Si usted es cliente Prime, puede leer el dossier completo dentro de la platafoma

Acceder

Últimas novedades publicadas

Restitución de actos de disposición realizados con cargo a cuenta de la fallecida hija de los demandantes; considera la sentencia recurrida que la titular de la cuenta era conocedora de los actos de disposición y los autorizó, rechazando que sufriera deterioro neurológico. El tribunal de apelación estimó el recurso, revocó la sentencia recurrida y acordó estimar la demanda, condenando al demandado al reintegro de las sumas dispuestas y reclamadas, así como al pago de las costas procesales. El tribunal de apelación considera que la cuenta era privativa y exclusiva de la fallecida hija de los demandantes, aunque figurara el demandado como cotitular. El tribunal no considera justificada la titularidad del demandado en relación con los 21000 euros extraídos por él en los dos meses en los que la hija de los demandantes estuvo hospitalizada, sin que conste ánimo de donación por parte de esta, y tampoco se justifican los actos de disposición por gastos que Roque, como cuidador, tuvo que hacer durante la enfermedad de aquella. Al no existir tampoco pacto alguno para convertir en común la cuenta, el demandado debe restituir el dinero obtenido a los demandantes, herederos de su fallecida hija y titular de los fondos dispuestos. – Audiencia Provincial de Asturias – Sección Sexta – Jurisdicción: Civil – Sentencia – Num. Res.: 2/2024 – Num. Proc.: 346/2023 – Ponente: Marta María Gutiérrez García (TOL9.921.064)

by | May 20, 2024 | Boletín novedades,PRIVADO Jurisprudencia | 0 Comments

AUD.PROVINCIAL SECCION SEXTA OVIEDO SENTENCIA: 00002/2024 Modelo: N10250 CALLE CONCEPCION ARENAL NUMERO 3-4º PLANTA- Teléfono: 985968755 Fax: 985968757 N.I.G. 33004 41...

Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República de Moldavia, hecho en Madrid el 21 de julio de 2022 (TOL10.000.182)

by | May 19, 2024 | Boletín novedades,LABORAL Legislación | 0 Comments

Texto de Inicio CONVENIO DE SEGURIDAD SOCIAL ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPÚBLICA DE MOLDAVIA El Reino de España y la República de Moldavia, en adelante las Partes...

El sintagma «actividad industrial» contenido en el artículo 98.1.f) de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre de Impuestos Especiales, a los efectos de poder disfrutar de la reducción en la base imponible del Impuesto sobre la Electricidad, debe interpretarse a la luz de la Directiva 2003/96/CE del Consejo de 27 de octubre de 2003 por la que se reestructura el régimen comunitario de imposición de los productos energéticos y de la electricidad en atención al contexto y finalidad buscada, restringiendo la reducción de la base imponible el legislador nacional a la actividad industrial que se define en la norma administrativa a propósito y con carácter general, art.3 de la 21/1992, de Industria. – Tribunal Supremo – Sala Tercera – Sección Segunda – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 659/2024 – Num. Proc.: 8984/2022 – Ponente: José Antonio Montero Fernández (TOL9.982.314)

by | May 19, 2024 | Boletín novedades,FINANCIERO-TRIB. Jurisprudencia | 0 Comments

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Segunda Sentencia núm. 659/2024 Fecha de sentencia: 17/04/2024 Tipo de procedimiento: R....

Empresa fundada durante la vigencia del régimen económico con fondos gananciales. El TS fija que los rendimientos generados por un establecimiento común gestionado por uno de los ex-cónyuges son comunes hasta la liquidación, pero ello no hace comunes los ingresos que procedan del propio trabajo del ex-cónyuge. – Tribunal Supremo – Sala Primera – Sección Primera – Jurisdicción: Civil – Sentencia – Num. Res.: 39/2024 – Num. Proc.: 7367/2021 – Ponente: María de los Ángeles Parra Lucan (TOL9.846.420)

by | May 19, 2024 | Boletín novedades,PRIVADO Jurisprudencia | 0 Comments

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil Sentencia núm. 39/2024 Fecha de sentencia: 15/01/2024 Tipo de procedimiento: CASACIÓN Número del procedimiento: 7367/2021...

Consulta número: V3309-23. El consultante es una persona física que ejerce la actividad profesional independiente de asesoría. Con carácter previo a jubilarse, pretende vender su cartera de clientes a otro profesional independiente. Se establece un precio de transmisión variable en función de la facturación de los cuatro años siguientes sobre los clientes cedidos. El precio se abonará trimestralmente.Cuestión Planteada: Tributación de la operación en el Impuesto sobre el Valor Añadido.Devengo de la operación.Órgano: SG de Impuestos sobre el Consumo (TOL9.867.683)

by | May 19, 2024 | Boletín novedades,FINANCIERO-TRIB. Consulta | 0 Comments

CONTESTACIÓN1.- De acuerdo con el artículo 4, apartado uno, de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE de 29 de diciembre), están...

El Supremo declara que prevalece el derecho de información del administrador de la página de Facebook, cuyo contenido eran noticias relacionadas con la vida de un pueblo, de la grabación del incidente acaecido en un mitin de la campaña a las elecciones locales. – Tribunal Supremo – Sala Primera – Sección Primera – Jurisdicción: Civil – Sentencia – Num. Res.: 82/2024 – Num. Proc.: 6715/2022 – Ponente: Rafael Sarazá Jimena (TOL9.852.295)

by | May 18, 2024 | Boletín novedades,PRIVADO Jurisprudencia | 0 Comments

La relevancia pública viene referida al acaecimiento de un incidente durante un mitin electoral en la campaña de las elecciones locales, no a las cuestiones a que hacía...