El Tribunal Supremo clarifica la comprobación de regímenes tributarios especiales y de beneficios e incentivos fiscales (TOL9.985.731)

May 8, 2024

El 23 de marzo de 2021 el Tribunal Supremo dictó dos sentencias (recursos de casación números 3688/2019 y 5270/2019), en las que concluyó que la comprobación de los requisitos para la aplicación de regímenes tributarios especiales debía realizarse, necesariamente, por los órganos competentes, a través del procedimiento inspector.Esta conclusión se alcanzaba por el Alto Tribunal al entender que el artículo 141 e) de la Ley General Tributaria (LGT), dedicado a las funciones de la inspección tributaria, efectuaba una reserva legal para la comprobación de los regímenes tributarios especiales, impidiendo, por tanto, que tal comprobación pudiese ser efectuada mediante un procedimiento de gestión.No obstante, el Tribunal Supremo apuntaba también que los argumentos de la Abogacía del Estado, referidos a la conveniencia y necesidad de seguir procedimientos de gestión para la comprobación de regímenes especiales, podrían ser razonables, "en principio, en términos generales o teóricos, de lege ferenda, como constatación de que la ley precisa correcciones".En este sentido, en el año 2022 se produce, mediante Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, una modificación del artículo 117.1 c) de la LGT, para reconocer la comprobación de los regímenes tributarios especiales dentro de las funciones de gestión tributaria, de modo que, desde el 1 de enero de 2023, fecha de entrada en vigor de la modificación legal, resulta posible la comprobación de regímenes especiales mediante procedimientos de gestión.Dos recientes sentencias del Tribunal Supremo vienen a completar el marco jurídico en este asunto.En primer lugar, la sentencia de 5 de febrero de 2024 (recurso de casación 6559/2022) concluye que en el marco de un procedimiento de comprobación limitada en el que se detecte, sirviéndose de los datos que constaban a la Administración y sin examen de la contabilidad del obligado tributario, la improcedencia de aplicación del método de estimación objetiva para la determinación de la base imponible del IRPF, los órganos de gestión están facultados para fijar este elemento mediante la estimación directa y emitir la liquidación tributaria resultante, pues no estamos ante un régimen tributario especial.En segundo lugar, la sentencia de 21 de marzo de 2024 (recurso de casación 373/2023) trata un supuesto en el que la sociedad mercantil recurrente sostenía la imposibilidad de comprobar beneficios o incentivos fiscales mediante un procedimiento gestor, habida cuenta de la jurisprudencia del Tribunal Supremo del año 2021 y de que tal función se encuentra también prevista en el artículo 141 e) de la LGT.El Tribunal Supremo desestima el recurso, destacando que el reconocimiento y comprobación de la procedencia de los beneficios e incentivos fiscales se encontraba también reconocida entre las funciones de gestión en el artículo 117.1 c) de la LGT, incluso antes de su modificación por Real Decreto-ley 13/2022, por lo que legalmente existe una compatibilidad entre actuaciones de gestión e inspección para la realización de ese tipo de comprobaciones.Si bien estas dos sentencias analizan comprobaciones anteriores al 1 de enero de 2023, ayudan a clarificar la interpretación conjunta de los actuales artículos 117 y 141 de la LGT.Por un lado, la sentencia de 5 de febrero de 2024 nos indica que las previsiones de tales preceptos deben ser aplicadas de manera estricta, sin extenderlas a conceptos o elementos no citados en los mismos.Por otro, la sentencia de 21 de marzo de 2024 nos señala que una función recogida en los dos preceptos implica una compatibilidad entre actuaciones de gestión e inspección para la realización de tal función . . .

¿Quiere leer el artículo completo?
¿Ya tiene cuenta?Iniciar sesión
Cree su cuenta sin costeRegistrarme

Si usted es cliente Prime, puede leer el dossier completo dentro de la platafoma

Acceder

Últimas novedades publicadas

Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República de Moldavia, hecho en Madrid el 21 de julio de 2022 (TOL10.000.182)

by | May 19, 2024 | Boletín novedades,LABORAL Legislación | 0 Comments

Texto de Inicio CONVENIO DE SEGURIDAD SOCIAL ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPÚBLICA DE MOLDAVIA El Reino de España y la República de Moldavia, en adelante las Partes...

El sintagma «actividad industrial» contenido en el artículo 98.1.f) de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre de Impuestos Especiales, a los efectos de poder disfrutar de la reducción en la base imponible del Impuesto sobre la Electricidad, debe interpretarse a la luz de la Directiva 2003/96/CE del Consejo de 27 de octubre de 2003 por la que se reestructura el régimen comunitario de imposición de los productos energéticos y de la electricidad en atención al contexto y finalidad buscada, restringiendo la reducción de la base imponible el legislador nacional a la actividad industrial que se define en la norma administrativa a propósito y con carácter general, art.3 de la 21/1992, de Industria. – Tribunal Supremo – Sala Tercera – Sección Segunda – Jurisdicción: Contencioso-Administrativo – Sentencia – Num. Res.: 659/2024 – Num. Proc.: 8984/2022 – Ponente: José Antonio Montero Fernández (TOL9.982.314)

by | May 19, 2024 | Boletín novedades,FINANCIERO-TRIB. Jurisprudencia | 0 Comments

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Segunda Sentencia núm. 659/2024 Fecha de sentencia: 17/04/2024 Tipo de procedimiento: R....

Empresa fundada durante la vigencia del régimen económico con fondos gananciales. El TS fija que los rendimientos generados por un establecimiento común gestionado por uno de los ex-cónyuges son comunes hasta la liquidación, pero ello no hace comunes los ingresos que procedan del propio trabajo del ex-cónyuge. – Tribunal Supremo – Sala Primera – Sección Primera – Jurisdicción: Civil – Sentencia – Num. Res.: 39/2024 – Num. Proc.: 7367/2021 – Ponente: María de los Ángeles Parra Lucan (TOL9.846.420)

by | May 19, 2024 | Boletín novedades,PRIVADO Jurisprudencia | 0 Comments

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil Sentencia núm. 39/2024 Fecha de sentencia: 15/01/2024 Tipo de procedimiento: CASACIÓN Número del procedimiento: 7367/2021...

Consulta número: V3309-23. El consultante es una persona física que ejerce la actividad profesional independiente de asesoría. Con carácter previo a jubilarse, pretende vender su cartera de clientes a otro profesional independiente. Se establece un precio de transmisión variable en función de la facturación de los cuatro años siguientes sobre los clientes cedidos. El precio se abonará trimestralmente.Cuestión Planteada: Tributación de la operación en el Impuesto sobre el Valor Añadido.Devengo de la operación.Órgano: SG de Impuestos sobre el Consumo (TOL9.867.683)

by | May 19, 2024 | Boletín novedades,FINANCIERO-TRIB. Consulta | 0 Comments

CONTESTACIÓN1.- De acuerdo con el artículo 4, apartado uno, de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE de 29 de diciembre), están...

El Supremo declara que prevalece el derecho de información del administrador de la página de Facebook, cuyo contenido eran noticias relacionadas con la vida de un pueblo, de la grabación del incidente acaecido en un mitin de la campaña a las elecciones locales. – Tribunal Supremo – Sala Primera – Sección Primera – Jurisdicción: Civil – Sentencia – Num. Res.: 82/2024 – Num. Proc.: 6715/2022 – Ponente: Rafael Sarazá Jimena (TOL9.852.295)

by | May 18, 2024 | Boletín novedades,PRIVADO Jurisprudencia | 0 Comments

La relevancia pública viene referida al acaecimiento de un incidente durante un mitin electoral en la campaña de las elecciones locales, no a las cuestiones a que hacía...

El TJUE avala la limitación de la exoneración de deudas con organismos públicos como la Agencia Tributaria o la Seguridad Social – Tribunal de Justicia – Jurisdicción: Supranacional – Sentencia – Num. Proc.: C-687/22 (TOL9.965.408)

by | May 18, 2024 | Boletín novedades,FINANCIERO-TRIB. Jurisprudencia | 0 Comments

El Tribunal de Justicia (Sala Segunda) declara:1) El principio de interpretación conforme no es aplicable a una situación en la que los hechos se produjeron después de...