T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección Segunda
Sentencia núm. 884/2024
Fecha de sentencia: 22/05/2024
Tipo de procedimiento: R. CASACION
Número del procedimiento: 3169/2022
Fallo/Acuerdo:
Fecha de Votación y Fallo: 09/04/2024
Ponente: Excmo. Sr. D. Rafael Toledano Cantero
Procedencia: T.S.J.CATALUÑA CON/AD SEC.1
Letrada de la Administración de Justicia: Sección 002
Transcrito por:
Nota:
R. CASACION núm.: 3169/2022
Ponente: Excmo. Sr. D. Rafael Toledano Cantero
Letrada de la Administración de Justicia: Sección 002
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección Segunda
Sentencia núm. 884/2024
Excma. Sra. y Excmos. Sres.
D. José Antonio Montero Fernández, presidente
D. Rafael Toledano Cantero
D. Dimitry Berberoff Ayuda
D. Isaac Merino Jara
D.ª Esperanza Córdoba Castroverde
En Madrid, a 22 de mayo de 2024.
Esta Sala ha visto el recurso de casación núm. 3169/2022, promovido por la Administración General del Estado, representada y asistida por la Abogacía del Estado, contra la sentencia núm. 549, dictada el 17 de febrero de 2022 por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el recurso ordinario núm. 1074/2020.
Comparece como parte recurrida doña Matilde, representada por el procurador de los Tribunales don Ignacio Requejo
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Rafael Toledano Cantero.
PRIMERO.- El presente recurso de casación se interpuso por la Administración General del Estado contra la sentencia núm. 549, de 17 de febrero de 2022, dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, estimatoria del recurso núm. 1074/2020 promovido por doña Matilde frente a la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cataluña ["TEARC"], de 2 de junio de 2020, dictada en la reclamación económico-administrativa núm. NUM000, instada contra el acuerdo de declaración de responsabilidad solidaria de la sanción impuesta a DIRECCION000., por la comisión de una infracción tributaria grave en 2011.
SEGUNDO.- La Sala de instancia estimó el recurso contencioso-administrativo con sustento en el siguiente razonamiento:
"SEXTO: Pronunciamientos de esta Sala respecto a la regularización del " DIRECCION001".
La regularización de la que traen causas las sanciones derivadas a la ahora recurrente, ha sido objeto de examen por esta misma Sala y Sección en las sentencias números 197 y 198, ambas de 26 de enero de 2022, dictadas en los recursos contencioso administrativos nº 1397/2020 ( Sección 457/2020) y nº 1398/2020 ( Sección 458/2020), interpuestos por D. Avelino, respectivamente, contra la resolución del TEARC, de fecha 16 de enero de 2020, dictada en la reclamación económico-administrativa número NUM001, en relación con la liquidación provisional del lmpuesto sobre el Valor Añadido 1T 2010 a 3T 2013, y contra la resolución del TEARC de igual fecha, dictada en las reclamaciones económico-administrativas números NUM002 y NUM003, por el concepto de liquidación provisional del lmpuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de 2009 a 2012 y de imposición de sanciones tributarias resultantes.
Consecuentemente, razones de seguridad jurídica y de unidad de doctrina imponen la consideración de los argumentos que expresamos en tales precedentes y que transcribimos a continuación:
"[...]
TERCERO.- Decisión de la Sala.
[...]
lV. Sobre la entrada y registro practicada por la lnspección el 12 diciembre de 2013 con carácter previo al inicio del procedimiento inspector. lncidencia de la Jurisprudencia del Tribunal Supremo en las sentencias de 1 octubre de 2020 y 23 de septiembre de 2021 .
[...]
ii. Sin ánimos de ser reiterativos, pero sí definitorios del marco jurisprudencial creado a . . .
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