Protección de los derechos reales inscritos en el registro de la propiedad. Presunción de legitimación registral. Inexistencia de carácter contradictorio del asiento. Nulidad del procedimiento decretada por el tribunal constitucional por lesión del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva. Efectos de la presunción de exactitud. Existencia de relación jurídica directa con anterior titular registral – Tribunal Supremo – Sala Primera – Sección Primera – Jurisdicción: Civil – Sentencia – Num. Res.: 1064/2024 – Num. Proc.: 2074/2023 – Ponente: José Luis Seoane Spiegelberg (TOL10.123.163)

Sep 13, 2024

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

Sentencia núm. 1.064/2024

Fecha de sentencia: 23/07/2024

Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL

Número del procedimiento: 2074/2023

Fallo/Acuerdo:

Fecha de Votación y Fallo: 10/07/2024

Ponente: Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg

Procedencia: AUD. PROVINCIAL DE ALMERÍA, SECCIÓN 1.ª

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurora Carmen Garcia Alvarez

Transcrito por: EAL

Nota:

CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL núm.: 2074/2023

Ponente: Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurora Carmen Garcia Alvarez

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Civil

Sentencia núm. 1064/2024

Excmos. Sres. y Excma. Sra.

D. Francisco Marín Castán, presidente

D.ª M.ª Ángeles Parra Lucán

D. José Luis Seoane Spiegelberg

D. Antonio García Martínez

En Madrid, a 23 de julio de 2024.

Esta Sala ha visto el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación interpuestos por D. Aquilino, representado por el procurador D. Diego Moreno Cortés, bajo la dirección letrada de D. Iván García Navarro, contra la sentencia n.º 1290/2022, dictada por la Sección 1.ª de la Audiencia Provincial de Almería en el recurso de apelación n.º 1211/2021, dimanante de las actuaciones de juicio verbal n.º 450/2020, del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Roquetas de Mar, sobre acción del art. 41 de la Ley Hipotecaria. Ha sido parte recurrida Divarian Propiedad, S.A.U., representada por el procurador D. Ángel Vizcaíno Martínez y bajo la dirección letrada de D. Francisco Javier Ibáñez de la Cruz.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg.

PRIMERO.- Tramitación en primera instancia

1.- El procurador D. Ángel Francisco Vizcaíno Martínez, en nombre y representación de Divarian Propiedad, S.A.U., interpuso demanda de juicio verbal sobre acción del artículo 41 Ley Hipotecaria, contra los ignorados ocupantes de la finca sita en la DIRECCION000, en Aguadulce (Almería), en la que solicitaba:

"[...] se dicte en su día Sentencia por la que admitiéndose la demanda:

" 1º Se condene al demandado a cesar inmediatamente en todo acto de posesión en la finca objeto del procedimiento, no perturbando por ningún concepto la plena eficacia del dominio inscrito que ostenta el actor, y a dejar de ocuparla al no tener título para ello, apercibiéndole de lanzamiento si no desaloja la finca, con expresa fijación de día y hora para el lanzamiento.

" 2º. Sean impuestas las costas del presente procedimiento a la parte demandada".

2.- La demanda fue repartida al Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Roquetas de Mar y se registró con el n.º 450/2020. Una vez fue admitida a trámite, se procedió al emplazamiento de la parte demandada.

3.- El procurador D. Diego Moreno Cortés, en representación de D. Aquilino, presentó escrito de oposición a la demanda en el que solicitaba al juzgado:

"[...] dicte sentencia por la que:

" S1.- Se desestime íntegramente la demanda presentada de adverso.

" S2.- Se condene a la actora al pago de las costas causadas.

" S3.- Se proceda a la devolución de la caución consignada por mi mandante".

4.- Tras seguirse los trámites correspondientes, la Jueza del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Roquetas de Mar dictó sentencia de fecha 9 de abril de 2021, con la siguiente parte dispositiva:

"Que desestimando la demanda interpuesta a instancia de la entidad DIVARIAN PROPIEDAD, S.A.U, representada por el procurador D. Ángel Francisco Vizcaíno Martínez, frente a ocupantes de la finca sita en la DIRECCION000), finca registral NUM000 del Registro de la Propiedad nº 1 de Roquetas de Mar, D. Aquilino, representado por . . .

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